Concepto 100208221-0047 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 19 de Enero de 2021 - Normativa - VLEX 856430969

Concepto 100208221-0047 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 19 de Enero de 2021

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-0047
Bogotá, D.C.
Tema
Procedimiento tributario
Descriptores
Corrección de las declaraciones tributarias
Fuentes formales
Artículo 589 del Estatuto Tributario
Oficio DIAN N° 020292 de 2017
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado
para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría
específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por
otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente:
“(…) hice un pago de mi declaración de Renta año grabable (sic) 2016 en el (sic)
Sep/2017 y la liquidación ha quedado mal hecha, en concecuencia (sic) tuve que
pagar una multa por este error tres meses después, que nunca se aplicó en el
Sistema Muisca-Dian y hasta el día de hoy aparezco en mora en sus bases de datos.
Detallo lo sucedido así:
1. Septiembre 18 de 2017 presente la declaración inicial por el año gravable de 2016
(…)
2. El 26 de diciembre de 2017 presenté la declaración de corrección por el año
gravable de 2016 (…)
(…)
RAD: 900339

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