Concepto 100208221-0232 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 19 de Febrero de 2021 - Normativa - VLEX 864658303

Concepto 100208221-0232 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 19 de Febrero de 2021

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-0232
Bogotá, D.C.
Tema
Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores
Retención en la fuente
Fuentes formales
Artículos 24, 365 y siguientes, 406 y siguientes del
Estatuto Tributario
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado
para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría
específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por
otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si procede la práctica de
retenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta en una operación de compra
de criptoactivos en la que interviene un residente fiscal colombiano.
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
i) Naturaleza jurídica de los criptoactivos.
La naturaleza jurídica de los criptoactivos ha sido definida y reiterada por la doctrina de este
Despacho como se evidencia por medio del Oficio 100208221-002845 de 10 de diciembre
de 2019, oficio compilatorio de la doctrina relacionada con el régimen de tributación de
criptoactivos. Así las cosas, esta Subdirección ha señalado:
Oficio nro. 020436 de 2 de agosto de 2017: “Desde el punto de vista patrimonial en
tanto esas monedas corresponden a bienes inmateriales, susceptibles de ser
valorados, forman parte del patrimonio y pueden conducir a la obtención de una renta
(presuntiva)”.
19/02/2021
RAD: 901303

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