Concepto 100208221-0622 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 3 de Mayo de 2021 - Normativa - VLEX 868119875

Concepto 100208221-0622 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 3 de Mayo de 2021

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-0622
Bogotá, D.C.
Tema
Factura Electrónica de Venta
Descriptores
Sistema de facturación electrónica Registro de la Factura
Electrónica de Venta -RADIAN
Fuentes formales
Parágrafo 5 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario
Artículo 1.6.1.4.25. del Decreto 1625 de 2016
Resoluciones No. 000042 de 2020 y No. 000015 de 2021.
Cordial saludo.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las
normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en
ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender
casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o
entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria cuestiona acerca del registro de la factura
electrónica de venta -RADIAN, específicamente cita el inciso segundo del artículo 63 de la
Resolución DIAN 000042 de 2020 y requiere se conceptúe “si es procedente que una Entidad
Pública, reciba y acepte una factura que tiene fecha de vencimiento de pago, anterior a la fecha
en la cual es entregada a esta entidad”.
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
Para empezar, se precisa que el Título XIII de la Resolución DIAN 000042 del 05 de mayo de
2020 fue derogado por el artículo 44 de la Resolución DIAN 000015 del 11 de febrero de 2021.
Por ende, el artículo 63 de la Resolución DIAN 000042 del 05 de mayo de 2020 no está vigente.
Así las cosas, se precisa que en la actualidad la normatividad aplicable sobre este asunto se
dispone en la Resolución DIAN 000015 de 2021, cuyo artículo 7 expresa los requisitos para la
inscripción en el RADIAN de la factura electrónica de venta como título valor que circula en el
territorio nacional, así:
“De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 2.2.2.53.2 del Decreto 1074
de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo y la
normativa especial que regula la materia, para efectos de la inscripción en el RADIAN de
RAD: 903871

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