Concepto 100208221-1409 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de Octubre de 2020 - Normativa - VLEX 853041114

Concepto 100208221-1409 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de Octubre de 2020

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión de Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-1409
Bogotá, D.C.
Tema Impuesto sobre las ventas
Descriptores Declaración del impuesto sobre las ventas
Fuentes formales Artículos 102, 424, 437 y 601 del Estatuto Tributario
Artículo 1.6.1.13.2.4 del Decreto Único Reglamentario 1625 de
2016
Oficio DIAN N° 077002 de 2013
Oficio DIAN N° 001736 de 2016
Cordial saludo, señora Sandoval.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado
para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica
para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras
dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria plantea la situación de un patrimonio
autónomo constituido en virtud de una fiducia mercantil, a través del cual se realiza la venta
de bienes inmuebles, con base en lo cual formula las siguientes inquietudes:
1. ¿Se debe incluir la totalidad de los ingresos obtenidos por el patrimonio autónomo en la
declaración del IVA a su cargo? De ser así ¿en dicha declaración se deben incluir los
ingresos como excluidos (casilla 39) o como ingresos por operaciones no gravadas (casilla
40)?
2. ¿Cada fideicomitente debe incluir en su declaración del IVA los ingresos obtenidos por el
patrimonio autónomo, en proporción a su participación?
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
30/10/2020
RAD: 906648

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