Concepto 100208221-385 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 1 de Abril de 2020 - Normativa - VLEX 844641982

Concepto 100208221-385 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 1 de Abril de 2020

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Bogotá, D.C.
100208221- 385
Tema
Régimen Unificado de Tributación SIMPLE
Descriptores
Responsables del IVA bajo el Régimen SIMPLE de tributación y
obligaciones exigibles
Fuentes formales
Artículos 615, 616-1, 617 y 915 del Estatuto Tributario.
Artículos 1.6.1.4.4 y 1.6.1.4.25 Decreto 1625 de 2016.
Ley 2010 de 2019.
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas
tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las
funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni
juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta, como contribuyente del Régimen
Simple de Tributación, lo siguiente:
1. ¿En la prestación del servicio de peluquerías y tratamientos de belleza debe cobrarse el
IVA y éste debe estar discriminado e n la factura?
En primer lugar, es importante resaltar que el artículo 915 del Estatuto Tributario establece de la
siguiente forma que los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación son responsables del
impuesto sobre las ventas:
“Artículo 915. Régimen de IVA y de impuesto al consumo. Los contribuyentes del impuesto
unificado bajo el régimen simple de tributación SIMPLE son responsables del impuesto sobre
las ventas IVA o del impuesto nacional al consumo.
En el caso de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación
SIMPLE que sean responsables del impuesto sobre las ventas IVA, presentarán una
declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas IVA, sin perjuicio de la obligación
de transferir el IVA mensual a pagar mediante el mecanismo del recibo electrónico SIMPLE. En
el caso de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -
SIMPLE que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas, el impuesto al
consumo se declara y paga mediante el SIMPLE.
Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación SIMPLE están
obligados a expedir facturas electrónicas y a solicitar las facturas o documento equivalente a
01/04/2020
RAD: 901006

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