Concepto 100208221-419 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 13 de Abril de 2020 - Normativa - VLEX 844641948

Concepto 100208221-419 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 13 de Abril de 2020

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Subdirección de Gestión de Normativa y Doctrina
100208221-419
Bogotá, D.C.
Tema
Retención en la fuente
Descriptores
Declaración de la retención en la fuente
Certificado de retención en la fuente
Fuentes formales
Artículo 381 y 615 del Estatuto Tributario
Artículo 1.6.1.13.2.42 del Decreto 1625 de 2016.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está
facultado para absolver las consultas escritas q ue se formulen sobre la interpretación y
aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las
competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no
corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente,
prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las
decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
Para el caso, digamos de la Retención de IVA (Nacional) y del ICA (Territorial), de
acuerdo con el calendario tributario, cómo un agente retenedor debe certificar lo que no
ha presentado ante la autoridad tributaria?
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
En primer lugar, y de conformidad con el Decreto 4048 de 2008, es importante reiterar
que este Despacho tiene facultades para absolver las consultas en relación con la
interpretación y aplicación de las no rmas tributarias de competencia de la Entidad, por lo
13/04/2020
RAD: 901083

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