Concepto 100208221-527 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 15 de Mayo de 2020 - Normativa - VLEX 845359650

Concepto 100208221-527 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 15 de Mayo de 2020

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
100208221- 527
Bogotá, D.C.
Fuentes formales
Aduanero
Ampliación zona no adyacente - CDLI
Artículo 82 y 91 del Decreto 1165 de 2019
Artículo 143 Resolución 046 de 2019
Artículo 5, numeral11 Ley 1 de 1991
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado
para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica
para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras
dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
1.Solicita se aclare cuál es la delimitación geográfica de la palabra “puerto” empleada en los
parágrafos 2 y 3 de los artículos 82 y 91, respectivamente, del Decreto 1165 de 2019, en el que se
precise si hace referencia: i) al concepto amplio de puerto contenido en el artículo 5.11 de la Ley 1
de 1991, (ii) o si se hace referencia a la terminal portuaria, entendida como la zona de uso público
y la zona adyacente dentro de la cual el concesionario desarrolla sus actividades portuarias
producto de una concesión portuaria?
2.El requisito que el área no adyacente sobre el cual se solicite la ampliación se encuentra ubicada
dentro del mismo municipio donde se encuentra el depósito habilitado contenido en el artículo 143
de la Resolución 046 de 2019, aplica para los Centros de Distribución Logística Internacional?
3.Una sociedad que posee un puerto de servicio público habilitado para realizar operaciones de
cargue, descargue, manejo y almacenamiento de mercancías bajo control aduanero y dentro de
esas mismas instalaciones se encuentra habilitado un Centro de Distribución Logística
Internacional. Adicionalmente, el puerto habilitado se encuentra conectado por una vía privada
aproximadamente de 2Km con un condominio industrial cerrado. ¿ Esta sociedad puede ampliar el
área habilitada como CDLI a un área no adyacente localizada: i) a 2 km de distancia del CDLI, (ii)
Dentro del condominio industrial cerrado con el cual esta conectado por la vía privada, (iii) fuera de
la terminal portuaria entendida como la zona de uso público y la zo na adyacente dentro del cual
15/05/2020
RAD: 901482

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