Concepto 100208221-771 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 26 de Junio de 2020 - Normativa - VLEX 846215553

Concepto 100208221-771 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 26 de Junio de 2020

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión de Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208221-771
Bogotá, D.C.
Señores
CONTRIBUYENTES y RESPONSABLES
Tema Procedimiento Tributario
Descriptores: Procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de
saldos a favor
Fuentes formales
Decreto Legislativo 535 de 2020
Decreto Legislativo 807 de 2020
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas
tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las
funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni
juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Con el propósito de brindar claridad acerca de la interpretación normativa respecto a la inadmisión
de las solicitudes presentadas con fundamento en el procedimiento abreviado de devolución y/o
compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y
complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, en el marco del Estado de Emergencia
Económica, Social y Ecológica, dispuesto en el Decreto Legislativo 535 de 2020, modificado por el
Decreto Legislativo 807 de 2020, se precisa lo siguiente:
El artículo 2 del Decreto Legislativo 807 de 2020, modificó el parágrafo del artículo 3 del Decreto
Legislativo 535 de 2020, norma que dispone:
Artículo 3. Aplicación del procedimiento abreviado a los procesos de fiscalización
tributaria en curso por investigación previa a la devolución y/o compensación. Los
expedientes que a la fecha de expedición presente Decreto Legislativo se encuentren en curso
en las divisiones de gestión de fiscalización y/o sus grupos internos de trabajo por investigación
previa a devolución y/o compensación, regresarán al área de devoluciones para iniciar el
procedimiento abreviado de devolución y/o compensación, regulado en el presente Decreto
Legislativo.
PARÁGRAFO. Las solicitudes de devolución y/o compensación que se encuentren en trámite a
través del procedimiento abreviado de que trata el presente Decreto Legislativo al diecinueve (19)
de junio de 2020, finalizarán con este procedimiento, incluidas aquellas que fueron inadmitidas
y se radiquen dentro del mes siguiente a su inadmisión, conforme con lo previsto en el
parágrafo 1 del artículo 857 del Estatuto Tributario”.
RAD: 902723

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