Concepto Aduanero 0244 - 10 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168385

Concepto Aduanero 0244

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44642

DIARIO OFICIAL 44.642 CONCEPTO ADUANERO 0244 30/11/2001 Doctor IGNACIO TRUJILLO Representante SIA Sociedad de Intermediación Aduanera Comercio Internacional Avenida El Dorado No. 84ª-55 Local A - 127 Dorado Plaza Ciudad Referencia: Consulta Radicada No. 096975 del 23 de octubre de 2000 Tema: Ingreso a zona Franca por transporte multimodal a la zona regida por la Ley 218 de 1995, Ley Páez. Descriptor Ley Páez - transporte multimodal Fuente Formal Artículos 1°, 6° y 12 de la Ley 218 de 1995 Artículo 73 de la Ley 383 de 1997 Decreto 891 de 1997 Resolución 2192 de 1997 Artículo 394 del Decreto 2685 de 1999 De conformidad con el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el artículo 2° de la Resolución 5467 del 15 de junio de 2001, esta División esta facultada para absolver en forma general las consultas que se formulen sobre interpretación y aplicación general de las normas en materia aduanera, de comercio exterior y de control de cambios en lo de competencia de la Entidad, razón por la cual su consulta se absolverá con carácter general. Problema jurídico ¿Pueden ingresar previamente a una Zona Franca, por transporte Multimodal, mercancías con destino a una empresa establecida en la zona regida por la Ley 218 de 1995 o Ley Páez y desde allí proceder a su nacionalización? Tesis jurídica Si pueden ingresar previamente a Zona Franca y por transporte multimodal, mercancías que posteriormente pretendan ingresar al territorio aduanero nacional para ser instaladas o utilizadas en los municipios beneficiados con la Ley Páez Interpretación jurídica Mediante el Concepto Jurídico número 233 del 28 de noviembre del año 2000, este Despacho planteó el problema jurídico y la tesis antes transcritos en los que sostuvo claramente que si es viable ingresar previamente a Zona Franca, bajo la modalidad de transporte multimodal mercancías con destino final a una empresa establecida en la zona afectada con la avalancha del río Páez, siempre y cuando la Zona Franca se encuentre ubicada dentro de la misma jurisdicción que corresponda a los lugares habilitados para importar mercancías a dicha zona, esto es, a la establecida por la Ley 218 de 1995. No obstante la claridad de lo afirmado en la tesis, es del caso precisar el contenido del último párrafo de la interpretación jurídica toda vez que genera confusión e incluso una aparente contradicción con la tesis expuesta. Como sustento legal del concepto se invocaron los artículos 6º y 12 de la...

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