Concepto Aduanero 025 - 25 de Febrero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43172218

Concepto Aduanero 025

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44721

Doctora

CLAUDIA BOJACA JIMENEZ

Asistente Secretaría General

Calle 44 No. 93-64

Bogotá, D. C.

Ref. Consulta radicada con el número 68451 del 14 de julio de 2000

Tema: Cambiario

Subtema: Condonación de deudas por concepto de importación. Infracción al régimen cambiario.

Descriptor: Operaciones de cambio

Fuentes Formales: Literal b) artículo 18 del Decreto-ley 1071 de 1999.

De conformidad con el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el literal b) del artículo 2 de la Resolución 5467 de 2001, esta División está facul tada para absolver en forma general las consultas que se formulen sobre interpretación y aplicación general de las normas en materia aduanera, de comercio exterior y de control de cambios en lo de competencia de la Entidad, razón por la cual su consulta se absolverá con carácter general.

Problema jurídico

¿Es permitido a la luz de la nueva legislación cambiaria, que el proveedor de la mercancía decida condonarle la deuda al importador que por dificultades económicas no puede girar su pago al exterior?

Tesis jurídica

Teniendo en cuenta que a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le compete el control y vigilancia sobre el cumplimiento del régimen cambiario en materia de importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas y la financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones, este Despacho solo es competente para absolver consultas sobre los referidos temas.

Interpretación...

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