CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 63392 del 16-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 942256217

CONCEPTO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 63392 del 16-08-2023

Sentido del falloCONCEPTÚA FAVORABLEMENTE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaCP181-2023
Fecha16 Agosto 2023
Tribunal de OrigenPerú
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
Número de expediente63392


LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente



CP181-2023

Radicación # 63392

Acta 156


Bogotá, D. C., dieciséis (16) de agosto de dos mil veintitrés (2023).


VISTOS:


La Corte emite concepto sobre la solicitud de extradición del ciudadano colombiano JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO, requerido en extradición por el Gobierno de la República del Perú.


ANTECEDENTES:


Mediante Nota Verbal 5-8M/213 del 7 de septiembre de 2021, la Embajada de la República del Perú pidió la detención con fines de extradición de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO, requerido por la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, para que comparezca al procedimiento sumario ordinario 01141-1999-45-1903-JR-PE-03, seguido en su contra por el delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros agravado.


La Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho mediante oficio MJS-OFI21-0034905-DAI-1100 del 17 de septiembre de 2021, solicitó a la Embajada de la República del Perú «copias de los textos de la ley que tipifica la conducta(s), así como las disposiciones legales relativas a la prescripción de la acción penal o de la pena aplicados al estado requirente; y de los que fundamentan la competencia de éste».


En atención al requerimiento diplomático, a través de la Nota Verbal 5-8M/031 del 6 de febrero de 2023, la Embajada de la República del Perú allegó la documentación pendiente y formalizó la solicitud de extradición de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO.


Con fundamento en esa petición la Fiscalía General de la Nación decretó, a través de la Resolución del 27 del mismo mes y año, la captura de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO, sin que a la fecha se haya hecho efectiva.


Para protocolizar la petición de entrega de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO se incorporaron al presente trámite, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores y provenientes de la Embajada de la República del Perú, los siguientes documentos:


  1. Nota Verbal 5-8M/213 del 7 de septiembre de 2021, a través de la cual la Embajada de la República del Perú solicitó la detención provisional con fines de extradición de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO.


  1. Nota Verbal 5-8M/031 del 6 de febrero de 2023, por la cual se protocolizó la petición de extradición.



  1. Actas de detención y registro personal del 6 de agosto de 1999, firmadas por J.F.H.R., en las cuales se le notificó su calidad de procesado en la causa 01141-1999-45-1903-JR-PE-03 por presuntamente haber incurrido en un delito contra la salud pública.



  1. Acta de constatación y verificación del área de la misma fecha, suscrita por miembros del ejército peruano, el fiscal especial antidrogas y los acusados, entre ellos, el requerido.



  1. Acta de incautación del 10 de agosto de 1999, en la que se confisco «3 galoneras fumigadoras de plástico color crema con tapa roja, conteniendo cada una de ellas una cantidad de sustancia liquida al parecer insecticida (…) las mismas que eran empleadas para la fumigación de plantaciones de coca», suscrita por el instructor, agentes de la Policía Nacional del Perú, el fiscal provincial especializado para los delitos de tráfico ilícito de drogas y los procesados, entre estos, J.F.H.R..

(vii) Acta de reconocimiento del terreno del 14 de agosto de 1999, firmada por funcionarios de la Policía Nacional del Perú y el fiscal provincial especializado en delitos de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros agravado.



  1. Informe del 16 de agosto de 1999, suscrito por el Instructor Capitán O.A.V. de la Policía Nacional del Perú -DINANDRO-, mediante el cual adjuntó los documentos aludidos.


  1. Resolución 1 del 18 de agosto de 1999, a través del cual la Juez Emperatriz Espinosa Arce, J. Especializado por tráfico ilícito de drogas, ordenó la apertura de instrucción en contra de J.F.H.R. y otros, con mandato de comparecencia restringida, por el delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros agravado, consagrado en el artículo 297 e inciso 7º del artículo 297 del Código Penal Peruano.



  1. Declaración instructiva del 24 de agosto de 1999, rendida por JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO ante la Juez Emperatriz Espinosa Arce, J. Especializado por tráfico ilícito de drogas.



  1. Manifestación del 31 de agosto de 1999, rendida por JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO ante el Oficial Inspector Capitán O.A.V..

  2. Resolución 19 del 23 de septiembre de 1999, a través de la cual se revocó el mandato de comparecencia restringida por detención en contra de J.F.H.R..


  1. Resolución 45 del 31 de enero de 2000, mediante la cual la Juez Emperatriz Espinosa Arce, J. Especializado por tráfico ilícito de drogas declaró como reo contumaz a JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO.



  1. Dictamen acusatorio del 3 de mayo de 2000 emitido en contra del solicitado y otros, por el delito de promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y otros agravado de conformidad con el artículo 296 e inciso 7º del 297 del Código Penal, suscrito por Flor de María Maita Luna Fiscal Superior Especializada en delitos de tráfico ilícito de drogas a nivel nacional.



  1. Resolución del 25 de mayo de 2000, por medio de la cual la Sala Penal Superior Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, declaró la existencia de mérito para pasar a juicio oral y reservó la programación de la fecha de la audiencia pública hasta que JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO fuera puesto a su disposición.



  1. Resolución del 24 de agosto de 2011 a través de la cual la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto ordenó reiterar las órdenes de ubicación y captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Maynas a nivel nacional e internacional del solicitado.



  1. Resolución del 12 de noviembre de 2018, por medio de la cual la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto solicitó la detención con fines de extradición de J.F.H.R..



  1. Resolución 141-2021-JUS del 22 de enero de 2019 expedida por la Corte Suprema de Justicia de la República de Perú a través de la cual declaró procedente la petición de extradición formulada por la Sala Penal Liquidadora de Loreto de esa Corporación en contra de J.F.H.R..



  1. Publicación en el periódico El Peruano del 9 de julio de 2021 mediante el cual se informó a la opinión publica la decisión de solicitar en extradición a JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO.



  1. Resolución del 25 de enero de 2023, por medio de la cual la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remitió la documentación requerida por la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia.





  1. Normativa sustancial aplicable en el país requirente al presente asunto respecto del delito, pena y prescripción.



  1. Información relativa a la plena identidad del solicitado.


Trámite surtido ante las autoridades colombianas:


Recibida la Nota Verbal 5-8M/213 del 7 de septiembre de 2021, la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho mediante oficio MJS-OFI21-0034905-DAI-1100 del 17 de ese mes, solicitó a la Embajada de la República del Perú «copias de los textos de la ley que tipifica la conducta(s), así como las disposiciones legales relativas a la prescripción de la acción penal o de la pena aplicados al estado requirente; y de los que fundamentan la competencia de éste».



El Gobierno de la República del Perú no formalizó el pedido de extradición dentro del término de noventa (90) días calendario previsto en el Convenio Bolivariano de Extradición, modificado el 22 de octubre de 2004.



No obstante, el Ministerio de Relaciones Exteriores envió la documentación a su homólogo de Justicia y del Derecho con oficio S-DIAJI-21-021408 del 8 de septiembre de 2021, en el cual conceptuó:


Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a convenciones entre la República de Colombia y la República del Perú.


Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso indicar que se encuentran vigentes para las Partes, los siguientes tratados en materia de extradición:


Acuerdo sobre extradición”, adoptado en Caracas, el 18 de julio de 1911.


Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911”, suscrito en Lima, el 22 de octubre de 2004.


La Embajada de la República del Perú mediante Nota verbal 5-8M/031 del 6 de febrero de 2023 remitió las disposiciones legales aplicables al caso. En consecuencia, al día siguiente, el Ministerio de Relaciones Exteriores envió dicha documentación a su homólogo de Justicia y del Derecho con oficio DIAJI-0400 para el trámite pertinente.


En atención a lo anterior, la Fiscalía General de la Nación decretó, a través de la Resolución del 27 de febrero de 2023, la captura de JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ RICARDO, sin que a la fecha se haya hecho efectiva.


A su turno, el Ministerio de Justicia y del Derecho revisó la actuación y, con base en la citada normatividad, determinó que la documentación requerida se encontraba reunida. En consecuencia, con oficio MJD-OFI23-0008003-GEX-10100- del 7 de marzo de 2023, el Director de Asuntos Internacionales (E) envió el expediente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia.


Actuación cumplida en esta Corporación:


El 14 de marzo de 2023 la Sala asumió el conocimiento del asunto y requirió a J.F.H.R. la designación de apoderado.


En cumplimiento de lo ordenado, la Secretaría de esta Corporación solicitó información acerca...

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