Concepto jurídico del ministerio de vivienda ciudad y territorio al proyecto 26 de 2012 senado - 5 de Abril de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451043614

Concepto jurídico del ministerio de vivienda ciudad y territorio al proyecto 26 de 2012 senado

CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO AL PROYECTO 26 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el contenido y alcance de algunos artículos de la Ley 546 de 1999, Ley Marco de Vivienda, y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., abril 2 de 2013

Señor

JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA

Secretario General

Comisión Cuarta

Cámara de Representantes

Carrera 7 N° 8-92¿ Edificio Nuevo

Referencia: Proyecto de ley número 26 de 2012, Senado, por medio de la cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el contenido y alcance de algunos artículos de la Ley 546 de 1999, Ley Marco de Vivienda, y se dictan otras disposiciones.

Respetado doctor España:

Una vez estudiado y analizado el proyecto de ley de referencia nos permitimos remitir las siguientes consideraciones, de acuerdo con las competencias legal y reglamentariamente conferidas a este Ministerio.

Revisado en su integridad el articulado del proyecto de ley enunciado, se considera que el mismo se extiende más allá de la mera interpretación de la Ley 546 de 1999 y modifica aspectos de la ley que afectan el sistema de financiación de la vivienda en Colombia, ello en consonancia con lo que debe ser una Ley Interpretativa según lo dicho por la Corte Constitucional en Sentencia C-877 de 2000, así:

¿Según lo establece el artículo 150 de la Constitución Política: ¿Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: 1. Interpretar, reformar y derogar las leyes¿. La interpretación que allí se menciona es la denominada legal o auténtica o la también llamada de autoridad que se realiza por medio de una ley para fijar el sentido y alcance de otra ley cuando el mismo resulta confuso o impreciso y, por lo tanto, dificulta su aplicación. Corresponde ejercerla al Congreso de la República con fundamento en la cláusula general de competencia, según el canon constitucional mencionado.

La interpretación con autoridad está encuadrada dentro del ejercicio de la función legislativa del Congreso; de tal forma que los límites de esta para efectos de fijar el sentido de la norma interpretada se someten a los parámetros constitucionales que condicionan dicha función, así como al contenido mismo de la ley que se interpreta, pues la actividad del mencionado órgano consiste en expedir disposiciones que tiendan a aclarar o determinar su exacto sentido v hacer posible su fácil y correcto entendimiento, con el efecto de la...

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