Concepto jurÃdico ministerio de hacienda al proyecto de ley 90 de 2012 senado
CONCEPTO JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA AL PROYECTO DE LEY 90 DE 2012 SENADO. por la cual se establece el régimen de pensión de vejez por alto riesgo para los controladores de tránsito aéreo de la Aeronáutica Civil.
Uj-2309/12
Bogotá, D. C.
Honorable Senador
JORGE ELIÉCER BALLESTEROS BERNIER
Presidente Comisión Séptima Constitucional Permanente
Senado de la República
Ciudad
Asunto: Proyecto de ley número 090 de 2012 Senado, por la cual se establece el régimen de pensión de vejez por alto riesgo para los controladores de tránsito aéreo de la Aeronáutica Civil.
Respetado Presidente:
De manera atenta me permito exponer los comentarios que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estima pertinente someter a su consideración, respecto del Proyecto de ley número 090 de 2012 Senado, por la cual se establece el régimen de pensión de vejez por alto riesgo para los controladores de tránsito aéreo de la Aeronáutica Civil.
I. Breve consideración sobre alto riesgo
El Sistema General de Pensiones ha definido como actividades de `alto riesgo¿ aquellas que por su naturaleza implican una disminución de la expectativa de vida saludable del trabajador y por tanto se ha considerado que este hecho debe tenerse en cuenta para definir el régimen que le es aplicable para su pensión de vejez, circunstancia que ha sido avalada por la jurisprudencia constitucional.
Es así como las prestaciones especiales de vejez por alto riesgo pueden reconocerse a aquellos trabajadores que desempeñen actividades tales que disminuyan su expectativa de vida saludable, razón por la cual, de acuerdo con la normatividad, pueden acceder a una prestación económica de vejez en edades Inferiores a las establecidas para los trabajadores en general, tal como está dispuesto en el Decreto-ley 2090 de 2003, el cual fue antecedido por un estudio técnico que sustenta el por qué cada una de las actividades allí señaladas disminuye la expectativa de vida saludable.
II. Actividad de controlador aéreo
Es importante recordar que el Decreto número 2090 de 2003, por medio del cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades, consagra:
¿Artículo 2°. Actividades de alto riesgo para la salud del trabajador. Se consideran actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores las siguientes: (...)
5°. En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con...
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