Concepto jurídico del departamento nacional de planeación 13 de 2009 senado 353 de 2009 cámara - 20 de Noviembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451373242

Concepto jurídico del departamento nacional de planeación 13 de 2009 senado 353 de 2009 cámara

CONCEPTO JURÍDICO DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN 13 DE 2009 SENADO, 353 DE 2009 CÁMARApor medio del cual se modifica el artículo 67 de la Constitución Política

DG - 20091000732561

Bogotá, D. C., martes, 17 de noviembre de 2009

Doctor

JAVIER CACERES LEAL

Presidente

Honorable Senado de la República

Carrera 7ª N° 8 - 68 Ciudad

Asunto: Proyecto de Acto Legislativo número 13 de 2009 Senado, 353 de 2009 Cámara, por medio del cual se modifica el artículo 67 de la Constitución Política.

Respetado doctor Giraldo:

Con relación al proyecto de acto legislativo del asunto, este Departamento, en los temas de su competencia, de manera atenta observa:

El proyecto pretende modificar el artículo 67 Constitucional, en el sentido de establecer como obligatoria la educación entre los tres y los dieciocho años de edad, y aumentarla en tres años de preescolar y dos de media vocacional. Igualmente, adiciona ¿el conocimiento de la Historia de Colombia¿, como uno de los elementos de la formación del colombiano y define que dicha educación será ¿gratuita, pertinente y de calidad en las instituciones del Estado¿.

En primer lugar, es pertinente señalar que la legislación vigente contempla algunos de los fines perseguidos por el proyecto de acto legislativo.

En efecto, sobre la enseñanza de la historia de Colombia, el artículo 5° de la Ley 115 de 1994[1][3] establece que dicha formación constituye uno de los fines de la educación:

¿Artículo 5°. Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. (...)¿.

En el mismo sentido, la mencionada Ley...

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