Concepto jurídico del ministerio del trabajo al proyecto de ley 41 de 2011 senado - 26 de Marzo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451048154

Concepto jurídico del ministerio del trabajo al proyecto de ley 41 de 2011 senado

CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DEL TRABAJO AL PROYECTO DE LEY 41 DE 2011 SENADO. por medio de la cual se modifica la Ley 278 de 1996, facultando al Senado de la República para fijar el salario mínimo legal y se dictan otras disposiciones.

1000000 041682

Bogotá, D. C., 21 de marzo de 2012

Doctor

JESÚS ESPAÑA

Secretario

Comisión Séptima del Senado.

Asunto: Proyecto de ley número 41 de 2011 Senado.

Respetado Secretario:

Frente al proyecto de ley en mención, el Ministerio del Trabajo se permite hacer las siguientes observaciones:

  1. Salario mínimo y poder adquisitivo

    El salario mínimo ha respetado los parámetros establecidos por la Corte Constitucional para su fijación[1][1][1] (p. e. la Sentencia C-815 de 1999), entre los que se encuentra ¿...la inflación real del año que culmina, según el Índice de Precios al Consumidor¿. Observando los incrementos del salario mínimo y la inflación del año anterior, percibimos que el poder adquisitivo se ha incrementado en Colombia. Los puntos con brechas más amplias, precisamente, han sido los años donde se ha concertado: 2001, con una inflación de 8,8% y un incremento del 10% (una brecha positiva de 1,2 puntos porcentuales; 2004 con una brecha positiva de 1,3 puntos porcentuales; 2006 con una brecha positiva de 2,1 puntos porcentuales; y 2012 con una brecha positiva de 2,7 puntos porcentuales;

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    En conclusión, a diferencia de lo expresado en la exposición de motivos del Proyecto de ley número 65 de 2011, el poder adquisitivo en Colombia ha sido garantizado.

    Por otro lado, el criterio de inflación por ingresos bajos no ha sido soportado técnicamente, pues incluso en los anexos que publica el DANE no se entrega información oficial de los mismos. La modificación de la Ley 278 de 1996 implicaría un trabajo de revisión por parte de este Ministerio, el DNP y el propio DANE, pues la determinación de que poblaciones por niveles de ingreso adquieren ciertos productos de la canasta básica implica un amplio trabajo metodológico y empírico, que pasa por la construcción de esta población; la comparación con las líneas de pobreza; y la estimación del llamado mínimo vital. En otras palabras, sin un trabajo técnico riguroso no es posible avalar este proyecto de ley.

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  2. Salario mínimo y concertación laboral

    El artículo 56 de la Constitución de 1991 creó la Comisión Nacional de Concertación de Políticas Salariales y Laborales (CNCPSL). La Ley 278 de 1996 materializó la mencionada Comisión y las Subcomisiones Departamentales de Concertación de Políticas Salariales y Laborales (SCPSL), con el propósito de acercar al Gobierno con los empresarios y los...

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