Concepto Jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social al P.L. 127 de 2013 Senado - 7 de Febrero de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 493471818

Concepto Jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social al P.L. 127 de 2013 Senado

por medio de la cual se crea la Política Nacional de Parques, para fortalecer la recreación y el deporte. Bogotá D. C., 20 de diciembre de 2013

Doctor

JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA

Comisión Séptima Constitucional

Senado de la República

Carrera7a N° 8-68

Ciudad

Asunto: Concepto sobre el Proyecto de ley número 127 de 2 013 Senado, por medio de la cual se crea la Política Nacional de Parques, para fortalecer la recreación y el deporte.

Señor Secretario:

Teniendo presente que la iniciativa de la referencia está pendiente de surtir primer debate en esa Corporación, se hace procedente y necesario emitir el concepto institucional a partir de la perspectiva del Sector de la Salud y Protección Social. Para tal cometido, se toma como fundamento el texto publicado en la Gaceta del Congreso número 834 de 2013.

En consecuencia, este Ministerio, en ejercicio de las competencias constitucionales y legales que le asisten, en especial las previstas en el inciso 2° del artículo 208 de la Constitución Política y el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, establece las siguientes observaciones:

1. La propuesta legislativa contiene, en sus 15 artículos, sendas disposiciones en relación con los insumos de una política de parques, destinada a fortalecer la recreación y el deporte. A propósito de esta temática es dable enunciar que una iniciativa similar se había radicado con la identificación 053/12 (S), sobre la cual esta Cartera se pronunció en su momento[1][1].

2. En tal sentido, debe anotarse que la recreación, el deporte, los espacios lúdicos, el ocio y esparcimiento, así como la existencia de lugares en donde el ser humano realice estas actividades, constituyen elementos vitales dentro de la sociedad. Adicionalmente, en el mundo contemporáneo, cumplen un papel f undamental como parte de una noción de buen vivir y bienestar.

De ahí que sea conducente manifestar en torno a los denominados beneficios sociales lo siguiente:

[...] En primer lugar, los beneficios de las áreas verdes urbanas sobre la salud. Las mejoras en la calidad del aire, debido a la vegetación, tienen impactos positivos sobre la salud física, como puede ser la disminución de las enfermedades respiratorias. Quizás menos evidente es el hecho de que estos espacios, sobre todo los más amplios, reducen el estrés al contribuir a un ambiente estéticamente placentero y relajante. Ulrich (1990) descubrió que los pacientes que convalecían en hospitales se recuperaron mucho más rápido cuando estaban en habitaciones con vistas hacia los árboles y escenarios al aire libre. Las áreas verdes urbanas también proveen una conexión entre la gente y sus ambientes naturales, que de otra forma podrían perderse en la gran ciudad. Este enlace es muy importante para el bienestar general del público, la salud mental y la productividad de los trabajadores. La sombra de los árboles y la reducción de la temperatura resultante, especialmente en las estaciones más calurosas, explican por qué la gente tiende a congregarse en los parques, lo que les confiere una importante labor social. Esta sombra también reduce la exposición a los rayos ultravioleta y en consecuencia sus efectos nocivos como cáncer de piel y cataratas (Heisler et al., 1995) [¿][2][2].

Puesto esto de relieve, también es conveniente indicar que el deporte está estrechamente relacionado con una condición saludable. En efecto, en el Plan Decenal de Salud Pública, adoptado mediante la Resolución número 1841 de 2013 de este Ministerio, en la dimensión de vida saludable y condiciones no transmisibles, se incluye el componente de condiciones y estilos de vida saludables, en donde se incorporan metas tales como:

[...] 1. A 2021, se logra incluir mínimo 300 minutos de actividad física a la semana en actividades asociadas a: caminar, realizar prácticas de senderismos, marchar, nadar recreativamente, pr acticar danza en todas sus modalidades, montar en bicicleta, patinar, y otras prácticas, que semanalmente se desarrollen en instituciones de formación de niños y jóvenes en la totalidad del sistema educativo [...].

[...] k. A 2021, se aumenta el tiempo dedicado y la calidad para la actividad física en todo el sistema educativo, con énfasis en la población escolar y en la primera infancia, a través de procesos lúdicos y pedagógicos, entre otros, que fomenten e incentiven el movimiento, el deporte recreativo y la sana competencia [¿][3][3].

De esta manera, el enfoque contenido en el proyecto refiere a una tendencia a nivel mundial, iniciada, tal vez, en 1972 con el manifiesto Your window right - your tree duty elaborado por el pintor austríaco Friedensreich Hundertwasser[4][4], en relación con la obligatoriedad de los árboles en los entornos urbanos, dando lugar con ello a una nueva visión del espacio y el hábitat.

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