Concepto Jurídico Ministerio de Educación nacional al Proyecto de Ley número 169 de 2021 Senado por medio del cual se fortalece la política nacional de prevención y atención de la salud mental; y se dictan otras disposiciones - 17 de Diciembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 883985186

Concepto Jurídico Ministerio de Educación nacional al Proyecto de Ley número 169 de 2021 Senado por medio del cual se fortalece la política nacional de prevención y atención de la salud mental; y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación17 Diciembre 2021
Número de Gaceta1889
Tipo de documentoColombian History Events
Página 40 Viernes, 17 de diciembre de 2021 Gaceta del Congreso 1889
CONCEPTO JURÍDICO
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Concepto al Proyecto de Ley 169 de 2021 Senado “Por medio del cual se fortalece la
política nacional de prevención y atención de la salud mental; y se dictan otras
disposiciones”.
I. CONSIDERACIONES GENERALES
Objeto
La iniciativa tiene como objeto fortalecer la política nacional de salud mental, mediante su
orientación hacia enfoques complementarios, para garantizar el ejercicio pleno del Derecho a la
Salud Mental de la población colombiana, la atención integral e integrada en salud mental en el
ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 49 de la Constitución; con fundamento en el enfoque promocional de calidad de vida
y la estrategia y principios de la Atención Primaria en Salud; y dictar disposiciones relacionadas.
En materia educativa, el proyecto propone que los Ministerios de Educación, Salud y Protección
Social y el ICETEX o la entidad que haga sus veces, coordinen las acciones respectivas para
impulsar la migración y formación académica y profesional de especialistas en aras de cubrir la
demanda de atención en salud mental a nivel nacional, para lo cual autoriza la generación de
programas de incentivos al retorno, de conformidad a la Ley 1565 de 2012 y complementarias,
becas y demás acciones pertinentes para facilitar la vinculación de personal especializado al
sistema de salud nacional.
Motivación
La iniciativa señala que es necesario fortalecer la política de nacional de prevención y atención
de la salud mental. Así mismo, indica que el capital humano de médicos que atiendan a la
población es insuficiente y la pandemia del Covid-19 agravó esta situación.
Los artículos 1441 y 1452 de la Ley 5 de 1992 establecen la necesidad de que los proyectos de
ley se encuentren debidamente sustentados, para lo cual se prevé que sean presentados y
publicados junto con la correspondiente exposición de motivos.
Esta herramienta resulta de gran importancia para garantizar el principio de publicidad de los
proyectos de ley. Sobre el particular, ha señalado la Corte Constitucional que “El principio de
publicidad cumple importantes finalidades dentro del Estado social de derecho, pues el Congreso
es el lugar en donde se realiza de manera privilegiada la discusión pública de las distintas
opiniones y opciones políticas. De un lado, la publicidad racionaliza la propia discusión
parlamentaria y la hace más receptiva a los distintos intereses de la sociedad, con lo cual las
deliberaciones producen resultados más justos. De otro lado, la publicidad articula la actividad
del Congreso con la ciudadanía, y es una condición necesaria para que el público esté mejor
informado sobre los temas de trascendencia nacional (…)3
1 Recibido un proyecto, se ordenará por la Secretaría su publicación en la Gaceta del Congreso, y se repartirá por el Presidente a la
Comisión Permanente respectiva. El proyecto se entregará en original y dos copias, con su correspondiente exposición de motivos.
De él se dejará constancia en la Secretaría y se radicará y clasificará por materia, autor, clase de proyecto y comisión que deba
tramitarlo. Un ejemplar del proyecto será enviado por el Secretario inmediatamente para su publicación en la Gaceta del Congreso.
2 En la presentación de todo proyecto debe incluirse: título, encabezamiento, parte dispositiva y exposición de motivos. Sin este orden
el Presidente devolverá el proyecto para su corrección.
3 Sentencia C-465 de 9 de julio 2014. M.P. Alberto Rojas Ríos
CONCEPTO JURÍDICO MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 169 DE 2021 SENADO
por medio del cual se fortalece la política nacional de prevención y atención de la salud mental; y se
dictan otras disposiciones.

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