Concepto Jurídico Ministerio de Hacienda al Proyecto de ley 90 de 2014 Senado
por medio de la cual se establecen medidas dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud para reglamentar la venta de medicamentos y el adecuado uso de los antibióticos, se prohíbe la venta de antibióticos sin fórmula médica y se establecen otras disposiciones. 1.1
Bogotá, D. C.,
Honorable Senador
ANTONIO JOSÉ CORREA JIMÉNEZ
Congreso de la República de Colombia
Carrera 7 N° 8 - 68 Edificio Nuevo del Congreso
Ciudad
Referencia: Comentarios al texto aprobado en primer debate al Proyecto de ley número 90 de 2014 Senado, por medio de la cual se establecen medidas dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud para reglamentar la venta de medicamentos y el adecuado uso de los antibióticos, se prohíbe la venta de antibióticos sin fórmula médica y se establecen otras disposiciones.
Respetado Senador,
De manera atenta me permito exponer los comentarios que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estima pertinente someter a su consideración respecto al texto aprobado en primer debate al Proyecto de ley número 90 de 2014 Senado, en los siguientes términos:
El presente proyecto de ley, de iniciativa parlamentaria, tiene como propósito fundamental establecer medidas para reglamentar la venta de medicamentos y el adecuado uso de antibióticos, determinando mecanismos para prohibir la venta de antibióticos sin fórmula médica, así como para controlar y regular su venta a través de internet, y para controlar el uso de los mismos en animales para el consumo humano.
Al respecto, si bien el proyecto está encaminado a definir medidas de carácter procedimental y regulatorio que no tendrían impacto sobre las finanzas públicas, es menester recordar que el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (Invima) ya tiene como función principal ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los establecimientos productores y comercializadores de los productos a que hace referencia el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, entre los cuales se incluyen los medicamentos, productos biológicos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva durante las actividades asociadas con su producción, importación, exportación y disposición para consumo. Igualmente, el Invima también se encarga de realizar el control sanitario sobre la...
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