Concepto Jurídico nº 2010-12173 de Dirección Nacional de Derecho de Autor - Normativa - VLEX 821001513

Concepto Jurídico nº 2010-12173 de Dirección Nacional de Derecho de Autor

Año2010
¡Protegemos la creación!
Dirección: Calle 28 No. 13 A 15 Piso 17 Teléfono 341 81 77 Fax 286 08 13
Página web: www.derechodeautor.gov.co - Correo electrónico: info@derechodeautor.gov.co
Línea de atención de quejas y reclamos: 01 8000 127878
Bogotá, D.C. - Colombia - América del Sur
Bogotá, D.C.,
C 1.1.
Asunto: Acciones civiles y penales
Apreciado señor:
Hago referencia a su comunicación radicada en esta entidad el 03 de Marzo de 2010, con el
número 1-2010-8556, donde nos pregunta:
“¿Un posible plagio cometido en diciembre de 2003 en que mes y año Prescribe?
¿Si es cometido por un funcionario publico en el ejercicio de sus funciones, Aumenta el
tiempo de prescripción?
¿Si el libro tiene varios autores y fue revisado pro otros educadores, ¿Qué delito se podría
configurar?
¿Si el libro fue financiado completamente con dineros del Estado, Qué delito adicional se
podría configurar?”
Teniendo en cuenta que en su consulta hace referencia al término plagio, quisiéramos
plantear algunas precisiones sobre esta expresión, a fin de otorgar mayor claridad sobre el
tema.
El plagio es una definición de carácter doctrinal, pues la legislación penal no utiliza esta
expresión a fin de tipificar una conducta ilícita, por el contrario utiliza expresiones como
violación a los derechos morales de autor” o “violación a los derechos patrimoniales de
autor y derechos conexos” (artículos 270 y 271 del Código Penal).
El plagio según la doctrina, se entiende como “el acto de ofrecer o presentar como propia,
en su totalidad o en parte, la obra de otra persona, en una forma o contexto más o menos
alterados”. El plagio es un término no definido en la ley. Sin embargo, el Glosario de la
OMPI sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos señala que plagio es:
“El acto de ofrecer o presentar como propia, en su totalidad o en parte, la obra de otra
persona, en una forma o contexto más o menos alterados. La persona que comete plagio es
conocida como plagiario; (…)No a de confundirse el plagio con la libre utilización de la
libre utilización de las meras ideas o métodos de creación tomados de otra obra al crear
una nueva obra original ; hacer accesible al público una obra que es una adaptación de

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