Concepto Jurídico nº 2013-6935 de Dirección Nacional de Derecho de Autor - Normativa - VLEX 821000321

Concepto Jurídico nº 2013-6935 de Dirección Nacional de Derecho de Autor

Año2013
¡Protegemos la creación!
Calle 28 No.13A 15 Piso 17 PBX: 341 81 77 Fax 286 08 13
www.derechodeautor.gov.co - info@derechodeautor.gov.co
Línea de atención de quejas, reclamos y felicitaciones: 01 8000 127878
Bogotá, D.C. - Colombia
P:\JULIAN_USabana\CONCEPTOS WEB\TODOS\1-2013-6935, Autorizacion previa y expresa para el uso de obras.doc
Bogotá, D.C.,
C 1.1.
Asunto: Autorización previa y expresa – Gestión colectiva e individual –
Tarifas
I- GENERALIDADES Autorización previa y expresa - licencia
El derecho de autor es un conjunto de normas que protegen los derechos
subjetivos del creador de la obra, entendida ésta como la manifestación personal,
original de la inteligencia expresada de forma tal que pueda ser perceptible. La
protección se concede al autor desde el momento mismo de la creación de la obra
sin que para ello requiera formalidad jurídica alguna.
De la autoría se desprenden dos tipos de derechos: los morales y los
patrimoniales.
Los derechos morales facultan al autor para reivindicar en todo tiempo la
paternidad de la obra, oponerse a toda deformación que demerite su creación,
publicarla o conservarla inédita, modificarla y a retirarla de circulación.
Los derechos morales se caracterizan por ser intransferibles, irrenunciables e
imprescriptibles.
Por su parte los derechos patrimoniales son el conjunto de prerrogativas del autor
que le permiten explotar económicamente la obra. Constituye una facultad
exclusiva para realizar, autorizar o prohibir cualquier, utilización que se quiera
hacer de la creación, como la reproducción, la comunicación y distribución pública,
la importación, la traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra.
En consecuencia, cuando un tercero pretenda adelantar un acto de reproducción,
de comunicación o distribución pública, traducción, adaptación, arreglo o cualquier
otro uso de una obra protegida por el derecho de autor o de una parte de ésta,
necesita contar con la autorización previa y expresa de su autor o titular de los
derechos patrimoniales. Ello, dado a que es el titular del derecho patrimonial quien
está facultado para determinar las condiciones precisas de tiempo, modo y lugar
en que pueda hacerse uso de su obra.

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