Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 54 de 2014 Senado - 9 de Abril de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 565420826

Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 54 de 2014 Senado

CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 054 DE 2014 SENADO por la cual se crea el Sistema Nacional para la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinsan), se crea la Agencia Nacional de Seguridad Alimentaria, y se establecen otras disposiciones. Bogotá D. C.,

Doctor

JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA

Comisión Séptima Constitucional Senado de la República

Carrera 7ª Nº. 8 ¿ 68

Ciudad

Asunto: Concepto sobre el Proyecto de ley 054 de 2014 (S), por la cual se crea el Sistema Nacional para la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinsan), se crea la Agencia Nacional de Seguridad Alimentaria , y se establecen otras disposiciones.

Señor Secretario:

Teniendo presente que la iniciativa de la referencia está pendiente de surtir primer debate en esa Corporación, se hace necesario emitir el concepto institucional desde la perspectiva del Sector Salud y Protección Social. Para tal cometido, se toma como fundamento el texto publicado en la Gaceta del Congreso número 400 de 2014.

En relación con el proyecto del epígrafe, este Ministerio considera que constituye una iniciativa que va en el sentido de fortalecer la seguridad alimentaria de los colombianos. El criterio de esta cartera es, por lo tanto, favorable a la misma sin perjuicio de la posición que deban fijar otras instancias como el que corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito en lo de su competencia.

Al respecto, es importante tener en cuenta los siguientes elementos de juicio que van en el sentido de la propuesta presentada:

1. En efecto, atendiendo los compromisos internacionales, es pertinente aludir a la Observación General 12 de 1999[1][1] del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Cedesc), relacionada con el derecho a la alimentación adecuada.

Como es bien sabido, las Observaciones Generales han sido documentos desarrollados por dicho Comité a través de las cuales se define el alcance del derecho y las implicaciones que tiene para los Estados. No tienen el carácter, per se, de tratados internacionales pero gozan de una fuerza normativa propia según el modo de ver de expertos en la materia. Tanto en temas de salud (Observación General 14 de 2000[2][2]) como de educación (Observación General 13 de 1999), el Comité ha adoptado una estructura básica en correspondencia con el goce del derecho que puede resumirse según lo que a continuación se describe:

¿ Un alcance o contenido del derecho.

¿ El contenido básico que implica la disponibilidad, aceptabilidad y accesibilidad (económica y física), entre otros elementos.

¿ La progresividad en el derecho.

¿ Las obligaciones del Estado de respetar, proteger y realizar así como las violaciones que pueden producirse.

¿ La adopción de medidas para lograr los objetivos, que significa el desarrollo de políticas en la materia.

Adicionalmente, dentro del marco de los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia, resulta de gran importancia la mención del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), que reconoce el derecho a la alimentación en su artículo 11 y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Protocolo de San Salvador, que reconoce el derecho a la alimentación, en su artículo 12.

De gran relevancia para que guíe la interpretación que harán las autoridades nacionales y los jueces en su facultad de impartir justicia, son las disposiciones constitucionales que reconocen el derecho a la alimentación a nivel nacional, y especialmente el artículo 93 de la Constitución, ¿también llamado bloque de constitucionalidad¿, por medio del cual los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso que reconocen derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno.

2. Así mismo, el Estado colombiano, a través del documento del Consejo de Política Económica y Social, Conpes 113 de 2008, emite la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y la define como ¿la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo...

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