Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 23 de 2017 Senado - 30 de Noviembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 698308117

Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 23 de 2017 Senado

concepto jurídico del ministerio de hacienda y crédito público de ponencia para primer debate al proyecto de ley número 23 de 2017 senado por la cual se reglamentan los estándares de calidad y habitabilidad en la vivienda de interés social y de interés prioritario urbano. 1.1

Bogotá, D. C.,

Honorable Senadora

NADYA GEORGETTE BLEL SCAFF

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Congreso de la República

Carrera 7 N° 8-68

Ciudad

Asunto: Comentarios al texto de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 23 de 2017 Senado, por la cual se reglamentan los estándares de calidad y habitabilidad en la vivienda de interés social y de interés prioritario urbano.

Respetada Presidente:

De manera atenta me permito presentar los comentarios y consideraciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al texto de ponencia para primer debate al proyecto de ley del asunto, en los siguientes términos:

El proyecto de ley, de iniciativa parlamentaria, tiene como finalidad establecer parámetros de calidad o estándares mínimos habitacionales para las Viviendas de Interés Social (VIS) y Viviendas de Interés Prioritario (VIP). Además, establece condiciones de sostenibilidad para la ejecución de dichos proyectos de vivienda. En este sentido, el artículo 2° plantea que para interpretar y aplicar esta ley se tendrán en cuenta las definiciones de VIS y VIP establecidas por el Plan Nacional de Desarrollo vigente, de conformidad con el artículo 91 de la Ley 388 de 1997[1][1], además, que sin perjuicio de los precios máx imos definidos en el PND:

¿el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá incrementar hasta en un 20% por vía normativa el precio máximo de la VIS y la VIP siempre y cuando existan los estudios técnicos y socioeconómicos que soporten factores complementarios a los preestablecidos en dicho artículo. En este caso, el Ministerio de Vivienda, propenderá por la identificación de las partidas presupuestales o mecanismos alternativos que viabilicen financieramente este incremento¿.

En virtud de lo anterior, teniendo en cuenta la información suministrada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y tomando como ejemplo el programa ¿Mi Casa Ya¿ al establecer un aumento del 20% en el valor máximo que puede alcanzar el precio de una Vivienda de Interés Prioritario, este llegaría a tomar un valor estimado de $61,9 millones (precios 2017), lo cual produciría un incremento adicional en promedio de $6,8...

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