Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 71 de 2017 Senado - 16 de Marzo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 706215769

Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 71 de 2017 Senado

CONCEPTO JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 71 DE 2017 SENADO por medio de la cual se regula el funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y se dictan otras disposiciones. 1.1 Oficina Asesora de Jurídica

Honorable Congresista

NADIA GEORGETTE BLEL SCAFF

Senado

Congreso de la República

Carrera 7 N° 8-68

Ciudad

Asunto: Comentarios al texto de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 71 de 2017 Senado, por medio de la cual se regula el funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y se dictan otras disposiciones.

Respetada Presidente:

El proyecto de ley del asunto, de iniciativa parlamentaria, tiene por objeto ¿regular la constitución y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica para la obtención, procesamiento, almacenamiento, transporte y cesión de muestras biológicas humanas, sus derivados, información clínica y biológica asociada¿[1][1]. Para el efecto su articulado define los aspectos éticos, científicos, técnicos, y legales que deberán regir para la constitución y funcionamiento de esta clase de organizaciones dentro del territorio colombiano.

Por su parte, el artículo 28 del proyecto crea el Sistema Nacional de Biobancos el cual estará conformado por el Ministerio de Salud y Protección Social en calidad de ente rector, y por el Instituto Nacional de Salud (INS), como ente coordinador del sistema, teniendo dentro de sus funciones la creación, mantenimiento y actualización de dos registros de información: (i) el Registro Único Nacional de Biobancos, y (ii) el Registro Único Nacional de Colecciones Biomédicas[2][2].

Al respecto, resulta pertinente anotar que la iniciativa no señala de manera precisa la forma en que las entidades pertenecientes al sistema ejercerán la administración de los registros que se pretenden crear, pues para su adecuado funcionamiento es necesario definir desde un primer momento la institución responsable de su diseño e implementación, dado que los costos relacionados con la puesta en marcha de la plataforma tecnológica, servicios de licenciamiento, disponibilidad de servicios de conectividad entre otros, son rubros que deben ser atribuidos al presupuesto de una institución determinada, hecho que no podría efectuarse al existir dos entidades que indistintamente tengan misma competencia.

Así las cosas, en lo que respecta a la creación y...

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