Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 189 de 2018 Senado, 15 de 2017 Cámara - 23 de Mayo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 726422817

Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 189 de 2018 Senado, 15 de 2017 Cámara

CONCEPTO JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AL INFORME DE Ponencia para Cuarto debate al Proyecto de ley número 189 de 2018 Senado, 151 de 2017 Cámara, por medio de la cual se modifican los artículos 131 y 134 de la Ley 1438 de 2011, respecto a las multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones. 1.1

Bogotá, D. C.

Honorable Senador

EFRAÍN CEPEDA SANABRIA

Senado de la República

Congreso de la República

Carrera 7 No. 8 - 68 Edificio Nuevo del Congreso

Ciudad

01208

Asunto: Comentarios al Informe de Ponencia para Cuarto debate al Proyecto de ley número 189 de 2018 Senado, 151 de 2017 Cámara, ¿por medio de la cual se modifican los artículos 131 y 134 de la Ley 1438 de 2011, respecto a las multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones¿.

Respetado Presidente,

De manera atenta me permito presentar los comentarios y consideraciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al informe de ponencia para cuarto debate al Proyecto de ley del asunto, en los siguientes términos:

El proyecto de ley, de iniciativa parlamentaria, tiene por objeto ¿racionalizar las multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Salud, específicamente cuando las entidades territoriales fallan y faltan en el debido reporte de información, en concordancia con los artículos 114 y 116 de la Ley 1438 de 2011¿[1][1].

Para tal efecto, busca atenuar las ref eridas multas cuando se trate de municipios de cuarta, quinta o sexta categoría que incumplan con el reporte de información a la Superintendencia Nacional de Salud, limitándolas a los 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), es decir, que no sobrepasen los $78.124.200, cuando actualmente dichas multas pueden llegar a sobrepasar los $1.953 millones (2.500 smmlv), por este incumplimiento. Adicionalmente, las multas podrían ser exoneradas si la entidad territorial llegare a demostrar que ocurrieron circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidieron cumplir con sus obligaciones.

Al respecto, merece la pena considerar que la presente iniciativa estaría afectando una de las fuentes contempladas de ingresos de la Superintendencia Nacional de Salud, y que en dado caso su disminución podría afectar las metas de gestión institucionales o requeriría ser cubierto con recursos adicionales a cargo de la Nación.

Así las cosas, la aprobación de este proyecto de ley implicaría el...

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