Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 256 de 2018 Senado, 019 de 2017 Cámara - 10 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 737091717

Concepto Jurídico al Proyecto de Ley 256 de 2018 Senado, 019 de 2017 Cámara

CONCEPTO JURÍDICO DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESARIOS DE COLOMBIA (Andi) AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 256 DE 2018 SENADO, 019 DE 2017 CÁMARA COMENTARIOS A LA COMISIÓN INFORMAL AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 019 DE 2017 CÁMARA

La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), comparte el interés de los autores de propender por mejores hábitos alimenticios de los colombianos y recibimos con entusiasmo la posibilidad de hacer aportes al articulado, los cuales buscan acertar frente al objetivo común de mejorar las políticas públicas en salud.

Creemos que encontrar e implementar soluciones para los desafíos de salud pública como la diabetes, obesidad y otras enferm edades, requiere un esfuerzo de toda la sociedad y una colaboración armónica de múltiples partes interesadas, Estamos comprometidos en hacer nuestra parte en estos esfuerzos para prevenir tales problemas.

A) Consideraciones Generales

Frente al control de algunos nutrientes de interés público como el sodio, azúcares, grasas trans y otros, las empresas agremiadas a la Andi trabajan por ofrecer un portafolio que responda a las necesidades nutricionales y preferencias de los colombianos. Por ejemplo, en un trabajo conjunto con el Ministerio de Salud se lograron reducciones de sodio para panadería industrial, snacks, maní, galletería, quesos, embutidos, atún, cereales, caldos y sopas instantáneas, salsas, aderezos y mantequillas.

De igual manera, la industria de alimentos y bebidas de la Andi está comprometida con el cumplimiento de los compromisos de autorregulación que incluyen etiquetado nutricional frontal, innovación y ampliación del portafolio, no hacer publicidad dirigida a menores de 12 años, promoción de estilos de vida activa y saludable, y no comercializar bebidas en colegios y escuelas primarias.

Lamentablemente, la idea de que los alimentos procesados son los responsables del incremento de la obesidad en los consumidores ha hecho carrera en nuestra región. Sin embargo, esta afirmación no se basa en fundamentos científicos sólidos, como lo han demostrado numerosos estudios del dominio de la comunidad científica internacional. Este concepto ha generado una especie de satanización de los alimentos procesados.

B) Comentarios a las proposiciones

1. Proposición sustitutiva del título del Proyecto de ley número 019 de 2017 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas de salud pública para el control de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles derivadas.

Estamos de acuerdo con el cambio del título.

2. Proposición sustitutiva al texto propuesto para segundo debate del Proyecto de ley número 019 de 2017 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas de salud pública para el control de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles derivadas, que modifica el artículo 1°.

Frente al objeto del Proyecto de ley número 019, somos conscientes de que ningún sector de la sociedad, ya sean gobiernos, empresas, restaurantes, padres de familia, educadores, prestadores de servicios de salud, o individuos, podemos hacer frente a la obesidad por sí solos. Para lograr un impacto potencial se requiere el compromiso y trabajo conjunto de la mayor cantidad posible de sectores.

Es necesario que en Colombia impulsemos hábitos de vida saludables como: construir dietas balanceadas; aprender a leer las etiquetas nutricionales; aumentar el consumo de grupos de alimentos específicos (ejemplo frutas y verduras); reducir la ingesta de sodio; beber entre 2 y 3 litros de líquidos por día (preferiblemente agua potable); mantener un peso saludable; practicar actividad física frecuentemente; y comer cuatro veces por día cuidando cantidad, calidad y frecuencia.

La proposición busca sustituir el artículo 1°, al proponer aclarar el Objeto. Como lo explicaremos más adelante, clasificar los alimentos por su nivel de procesamiento, e indicar que al ser ¿ultraprocesados¿ son dañinos para la salud, es un error técnico. La comunidad científica de los alimentos ha demostrado que un ¿mayor¿ nivel de procesamiento no implica que sean ¿peores¿ alimentos.

Por lo tanto, sugerimos respetuosamente que el artículo quede así:

Artículo 1°. Objetivo. Garantizar el acceso de los consumidores a la información sobre alimentación saludable, información en salud pública, participación ciudadana e información nutricional de productos alimenticios con nutrientes sensibles para la salud pública por medio del rotulado frontal informativo, en el marco de la promoción de modos, condiciones y estilos de vida saludable.

3. Proposición modificativa al texto propuesto para segundo debate del proyecto de ley número 019 de 2017 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas de salud pública para el control de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles derivadas que modifica el artículo 2°.

La proposición busca fortalecer la coherencia normativa y técnica del proyecto de ley, además de incorporar definiciones.

Es importante anotar que el proyecto de ley desconoce deliberadamente que, en materia de regulación alimentaria, las referencias interna-cionales científicamente reconocidas son el Codex Alimentarius-International Food Standards, estable-cido por la FAO y la Organización Mundial de Salud (OMS) desde 1963, donde se elaboran, mediante comités de expertos, normas alimentarias internacionales armonizadas, que protegen la salud de los consumidores y fomentan prácticas leales en el comercio de los alimentos.

El Codex es el código a través del cual los países miembros (187 países y la Unión Europea) acogen normas voluntarias internacionales armonizadas sobre alimentos para proteger la salud de los consumidores y fomentar prácticas leales en el comercio de estos. Aunque son normas voluntarias, muchos países las han incorporado dentro de su ordenamiento jurídico o son usadas ante vacíos normativos, al ser el principal referente internacional en la materia. El proyecto de ley, tal como está planteado, incorpora una connotación negativa hacia los alimentos procesados, sin que se identifique un sustento científico válido nacional o internacional.

Los comités de expertos del Codex están compuestos por expertos técnicos de los Gobiernos de los países que pertenecen al Codex y apoyado por expertos de la comunidad científica del campo de la ciencia y tecnología de alimentos que, con su conocimiento y experiencia, aplican principios básicos como: criterio basado en la ciencia, aplicable a todas las categorías de alimentos, neutralidad ideológica y política, discusión abierta y transparente con los diversos sectores interesados. Respetando este tipo de principios se crean normas, estándares, parámetros técnicos, guías o principios de regulación para todo el mundo alimentario. La credibilidad de estos organismos permite a la industria ajustar procesos y productos a los mandatos que han seguido el debido ordenamiento institucional y técnico. El Sistema Nova, propuesto en este proyecto de ley, no ha sido reconocido por el Codex debido a los problemas técnicos que conlleva.

Todos los niveles de procesamiento pueden contribuir a alcanzar los niveles de ingesta diaria de nutrientes para un individuo. El nivel de procesamiento no es un determinante importante en la contribución de nutrientes de una dieta, sino la contribución completa de los nutrientes a la ingesta total. Es por esto que es importante educar a los consumidores sobre los aportes nutricionales de los alimentos para que puedan tomar decisiones informadas, en lugar de recomendar limitar o incluso eliminar los alimentos industrializados de sus dietas como propone el proyecto de ley.

Algunas de las definiciones adoptarían en la legislación colombiana conceptos como la clasificación de los alimentos de acuerdo con el nivel de procesamiento (desde mínimamente procesados hasta ultraprocesados). Esta Clasificación, deno-minada Sistema NOVA[1][1] formulada por Carlos Monteiro, no ha sido incorporada en ninguna norma internacional de referencia y en ningún país, ha sido profundamente debatida por los expertos en ciencia de los alimentos en el mundo, debido, entre otros a:

¿ Los criterios de clasificación en el grado de procesamiento industrial y el tipo de alimentación ignoran y desconocen los modelos de clasificación usados internacionalmente orientados a la gestión del riesgo sanitario.

¿ La clasificación en categorías como alimentos mínimamente procesados, alimentos...

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