Concepto Nº 010121 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-01-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900332299

Concepto Nº 010121 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-01-2021

Número de radicado20216000010121
Año2021
Fecha14 Enero 2021
Número de oficio010121
MateriaSITUACIONES ADMINISTRATIVAS,Encargo
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 010121 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 010121 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000010121*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000010121
Fecha: 14/01/2021 09:35:07 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS – Encargo. Radicado: 20209000615832 del 23 de diciembre de 2020.
De acuerdo con la comunicación de referencia, en la cual consulta sobre la procedencia de reconocer y pagar la diferencia salarial, sin que se
haya dispuesto en el acto administrativo que otorga encargo de las funciones, a un empleado que fue encargado en un empleo en el cual su
titular se encontraba en licencia por enfermedad general, me permito indicarle lo siguiente:
Con respecto a la situación administrativa de encargo, la ley Ley 1960 de 20191 que modificó el artículo 1° de la Ley 909 de 2004, dispuso lo
siguiente:
“ARTÍCULO 24. Encargo. Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera
tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño,
no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente.
En el evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas
calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio, de conformidad con el sistema de evaluación que estén aplicando las
entidades. Adicionalmente el empleado a cumplir el encargo deberá reunir las condiciones y requisitos previstos en la ley.
El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la
entidad.
Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de
empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.
En caso de vacancia definitiva el encargo será hasta por el término de tres (3) meses, prorrogable por tres (3) meses más, vencidos los cuales el

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