Concepto Nº 012161 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 16-01-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 928692376

Concepto Nº 012161 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 16-01-2023

Fecha de entrada en vigor16 Enero 2023
Fecha16 Enero 2023
Año2023
Número de radicado20236000012161
Número de oficio012161
MateriaEMPLEO,Requisitos,PROVISIóN - ENCARGO
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 012161 de 2023 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 012161 de 2023 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20236000012161*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000012161
Fecha: 16/01/2023 09:23:32 a.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: EMPLEOS. Requisitos. Cumplimiento de requisitos para el ejercicio de empleos públicos. RAD. 20239000000742 del 2 de enero de
2023.
En atención a su escrito de la referencia, mediante el cual consulta si se considera procedente que una entidad pública aplique equivalencias
para efectuar un encargo en un empleo del nivel profesional, le manifiesto lo siguiente:
Inicialmente es importante destacar que este Departamento en ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 20161, realiza la
interpretación general de las disposiciones legales relacionadas con el empleo público y la administración de personal; sin embargo, no le
corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para ordenar el reconocimiento de derechos; tampoco funge como
entre de control ni es el competente para decidir sobre la legalidad de las actuaciones de las entidades del estado o de los servidores públicos,
competencia atribuida a los jueces de la república.
Así las cosas, solo es dable realizar una interpretación general de las disposiciones legales en materia de administración de personal en el sector
público en los siguientes términos:
1.- Definición de empleo público.
En relación con la noción de empleo público, se precisa que esta Dirección Jurídica, atendiendo el artículo 19 de la Ley 909 de 2004 , ha sido
consistente al manifestar que el empleo público es el núcleo básico de la función pública, e implica un conjunto de funciones, tareas y
responsabilidades que se asignan a su titular con las competencias requeridas para llevarlas a cabo, a efectos de satisfacer el cumplimiento de
los planes de desarrollo y los fines del Estado; para ello, los empleos se agrupan por niveles, correspondiendo igualmente una serie de
responsabilidades y obligaciones de acuerdo a su nivel jerárquico, que como contraprestación el empleado recibirá una asignación básica
mensual fijada previamente de acuerdo con las escalas de remuneración establecidas por el Gobierno Nacional.
Así las cosas, el empleo debe ser entendido como la denominación, el código y el grado que se asignan para su identificación, así como el
conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo.

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