Concepto Nº 012211 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-01-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 900331979

Concepto Nº 012211 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-01-2022

Número de radicado20226000012211
Año2022
Fecha13 Enero 2022
Número de oficio012211
MateriaEMPLEO,Personero
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 012211 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 012211 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000012211*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000012211
Fecha: 13/01/2022 11:41:50 a.m.
Bogotá D.C.,
REFERENCIA: EMPLEO- Provisión. PERSONERO- Posesión. RAD. 20219000715022 del 23 de noviembre de 2021.
Por medio del presente, y en atención a su consulta, en la que solicita se le informe si es posible convocar a todos los de la lista de elegibles
para la aceptación del cargo, en específico los personeros, con el fin de que se manifiesten sobre la aceptación al cargo, haciendo la aclaración
de que se elegirá al mejor posicionado. Lo anterior con el fin de dar mayor rapidez e inmediatez al proceso de aceptación.
Me permito darle respuesta, teniendo en cuenta que la Constitución Política determina: “Artículo 313. Corresponde a los concejos:
(…) 8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.”
Como se observa, la Constitución Política asigna a los Concejos Municipales la atribución para la elección del Personero, para el período que fije
la ley y los demás funcionarios que esta determine.
En relación con la posesión de los funcionarios elegidos por el Concejo, y específicamente de la elección y posesión de personeros, la Ley 136 de
19941 modificada por la Ley 1551 de 20122 en sus Artículos 36, 170 y 171, respectivamente, señaló:
“ARTÍCULO 36. Posesión de los funcionarios elegidos por el concejo. Los funcionarios elegidos por el Concejo tendrán un plazo de quince (15)
días calendario para su respectiva posesión excepto en los casos de fuerza mayor en los cuales se prorrogará este término por quince (15) días
más.
Ninguna autoridad podrá dar posesión a funcionarios elegidos por el Concejo que no acrediten las calidades exigidas para el cargo, o que estén
incursos en las causales de inhabilidad que señalen la Constitución y la ley, previa comprobación sumaria.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR