Concepto Nº 026331 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 26-01-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330687

Concepto Nº 026331 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 26-01-2021

Número de radicadoREMUNERACIÓN - Viáticos. Radicado No. 20219000024352 de fecha 18 de enero de 2021.
Fecha26 Enero 2021
Número de oficio026331
MateriaREMUNERACIÓN,Viáticos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 026331 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 026331 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000026331*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000026331
Fecha: 26/01/2021 01:53:28 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: REMUNERACIÓN - Viáticos. Radicado No. 20219000024352 de fecha 18 de enero de 2021.
Reciba un cordial saludo por parte de Función Pública. En atención a su comunicación de la referencia, mediante la cual plantea una situación
particular relacionada con el reconocimiento y pago de viáticos a un funcionario cuyo acto administrativo de autorización fue emitido el mismo
día de expedición del Decreto 1175 del 2020, sin embargo, el valor de los viáticos, quedó liquidado conforme al anterior Decreto 1013 de 2019,
luego de estas y otras particularidades consulta: ¿habría lugar a la reliquidación de dichos viáticos?; atendiendo lo anterior me permito
manifestarle lo siguiente:
Al respecto, el Decreto 1175 de 2020, por el cual se fijan las escalas de viáticos, establece lo siguiente:
ARTÍCULO 1. Escala de viáticos. A partir de la vigencia del presente decreto, fíjese la siguiente escala de viáticos para los empleados públicos a
que se refieren los literales a). b) y c) del Artículo 1 de la Ley 4a. de 1992, que deban cumplir comisiones de servicio en el interior o en el
exterior del país:
(…)
ARTÍCULO 2. Determinación del valor de viáticos. Los organismos y entidades fijarán el valor de los viáticos según la remuneración mensual del
empleado comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y las condiciones de la comisión, teniendo en cuenta el costo de vida
del lugar o sitio donde deba llevarse a cabo la labor, hasta por el valor máximo de las cantidades señaladas en el Artículo anterior.
Para determinar el valor de los viáticos se tendrá en cuenta la asignación básica mensual, los gastos de representación y los incrementos de
salario por antigüedad.

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