Concepto Nº 030111 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 27-01-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900330713

Concepto Nº 030111 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 27-01-2021

Número de radicado20216000030111
Año2021
Fecha27 Enero 2021
Número de oficio030111
MateriaRETIRO DEL SERVICIO,Requisitos
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 030111 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 030111 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000030111*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000030111
Fecha: 27/01/2021 03:27:38 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: RETIRO DEL SERVICIO - Revocatoria del Nombramiento por no Acreditar Requisitos. Inspector de Policía. RADICACIÓN:
20212060015112 del 13 de enero de 2021.
Acuso recibo a su comunicación, mediante la cual consulta, el inspector de policía del municipio ha ocupado en el empleo por 18 años, y
actualmente no cumple con los requisitos para ejercer el empleo ya que no cuenta con la formación profesional, ya que el Acuerdo Municipal No
023 de noviembre 29 de 2013, estableció que el empleo de inspector de policía es del nivel técnico.
Frente a las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, le
compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del
talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la
planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por
la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, ni mucho menos en conceptualizar en situaciones de
carácter particular como es el presente caso, por lo que se realizará un estudio de forma general.
El Decreto 1083 de 2015, establece:
“ARTÍCULO 2.2.5.1.4 Requisitos para el ejercicio del empleo. Para ejercer un empleo de la Rama Ejecutiva del poder público se requiere:
1.- Reunir los requisitos y competencias que la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales
exijan para el desempeño del empleo. (…)” (Subrayado nuestro)
(Decreto 1950 de 1973, art. 25)
La Ley 909 de 2004, establece:

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