Concepto Nº 0321 Procuraduria 4 Judicial Ii Agraria Tunja, 12-07-2004 - Normativa - VLEX 767597321

Concepto Nº 0321 Procuraduria 4 Judicial Ii Agraria Tunja, 12-07-2004

Fecha12 Julio 2004
EmisorProcuraduria 4 Judicial II Agraria Tunja (Procuraduría General de la Nación (Colombia))
PROCURADURIA JUDICIAL AMBIENTAL Y AGRARIA DE BOYACA

PROCURADURIA JUDICIAL AMBIENTAL Y AGRARIA DE BOYACA


Tunja, 12 de julio de 2004



Señores

HONORABLES MAGISTRADOS TRIBUNAL SUPERIOR DE TUNJA

MAGISTRADA PONENTE: DOCTORA LILIA CORREA PEREZ

Tunja.


REF: PROCESO DE IMPOSICION DE SERVIDUMBRE DE TRANSITO

DE MARIA OLIMPIA SIERRA DE MENDIETA contra MARIA SO-

FIA MENDIETA y otros. (RAD: 2004-0262-01)


ARMANDO ARIZA CARDENAS, dentro del término oportuno y en mi condición de Ministerio Público, me permito presentar las siguientes consideraciones de orden legal, a efecto de que sean tenidas en cuenta al momento de decidir el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de instancia, proferida por el señor juez segundo civil del circuito de Chiquinquirá.


ANTECEDENTES


Mediante apoderado, la señora MARIA OLIMPIA SIERRA DE MENDIETA, inicia acción de “IMPOSICION DE SERVIDUMBRE LEGAL”, pretendiendo la imposición de una servidumbre de tránsito a favor del predio LOS PINOS, consistente en “ servidumbre discontinua permanente de tránsito de toda clase de vehículos automotores y maquinaria pesada de trabajo agrícola...” (folio 28). Afirma ser poseedora del predio desde hace mas de 40 años. Pretende imponer la servidumbre sobre el predio MATA DE CAÑA, de propiedad del causante señor MARDOQUEO CASTRO cuya sucesión se halla sin liquidar, por lo que se demanda a herederos determinados e indeterminados.


Sustenta esta pretensión principal en que los demandados se han negado a constituir una servidumbre voluntaria y tal gravamen es necesario para la debida explotación del predio LOS PINOS, en razón de encontrarse incomunicado con la vía pública. En los hechos señala como vía más expedita para comunicar su predio con la carretera veredal, la construcción de una carretera que atravesaría el predio MATA DE CAÑA. Notificada la demanda a los demandados, estos se oponen. Reconociendo sí que ellos son los herederos de quien fue propietario del predio LOS PINOS.


Mediante fallo proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito...

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