Concepto Nº 043971 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-02-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900331994

Concepto Nº 043971 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-02-2021

Número de radicado20216000043971
Año2021
Fecha08 Febrero 2021
Número de oficio043971
MateriaCARRERA ADMINISTRATIVA,Derecho de Carrera
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 043971 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 043971 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000043971*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000043971
Fecha: 08/02/2021 05:10:04 p.m.
Bogotá D.C
REFERENCIA: CARRERA ADMINISTRATIVA-Derechos de carrera. Radicación No. 20212060041722 de fecha 27 de Enero de 2021.
En atención al escrito de la referencia, mediante el cual consulta lo siguiente:
“Deseo saber si el municipio realiza una modernización y mi puesto me lo gane en el concurso, me pueden cambiar el cargo, el código, lo
anterior para tener en cuenta en el momento que me realicen nombramiento en el nuevo puesto, quiero saber si se pierde la carrera
administrativa al trasladarme a otro puesto y hacer cambios en mi nombramiento, agradezco su valiosa colaboración a la presente, o cual debe
ser el debido proceso para que la entidad realice este cambio.
Mi cargo actual es Secretario código 404, grado 02 del nivel asistencial, y por el que está en la nueva planta de personal que desean cambiarme
es el siguiente Auxiliar Administrativo código 407 grado 2.”
Me permito manifestarle lo siguiente:
De conformidad con el Decreto 430 de 2016, este Departamento Administrativo tiene como objeto el fortalecimiento de las capacidades de los
servidores públicos y de las entidades y organismos del Estado, su organización y funcionamiento, el desarrollo de la democratización de la
gestión pública y el servicio al ciudadano, mediante la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, la adopción
de instrumentos técnicos y jurídicos, la asesoría y la capacitación.
Razón por la cual, no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, actuar como ente de control, investigación,
ni señalar los procedimientos a seguir en caso de que se presenten anomalías al interior de las entidades.
Ahora bien a manera de orientación, inicialmente es importante precisar que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el
empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, sobre los derechos del empleado de carrera

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