Concepto Nº 047631 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-02-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334471

Concepto Nº 047631 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 11-02-2021

Número de radicado20216000047631
Año2021
Fecha11 Febrero 2021
Número de oficio047631
MateriaREMUNERACIÓN,Bonificación de Dirección
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 047631 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 047631 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000047631*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000047631
Fecha: 11/02/2021 10:18:16 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: REMUNERACIÓN. Prima de Dirección. Radicado: 20212060069632 del 9 de febrero de 2021.
En atención a la radiación de la referencia, en la cual consulta: respecto de “la posibilidad de reconocer y pagar en la Corporación Autónoma
Regional de Cundinamarca - CAR, la prima de dirección, o si es del caso que ésta entidad, con ocasión de su autonomía, pudiera llegar a
reglamentar la misma para su cuerpo directivo”, se da respuesta en los siguientes términos:
El Decreto 3150 de 2005, por el cual se dictan disposiciones en materia prestacional, regula la bonificación de dirección constitutiva como una
prestación social, equivalente a 4 veces la remuneración mensual, compuesta por la asignación básica más gastos de representación, pagadera
en dos contados iguales en fechas treinta 30 de junio y treinta 30 de diciembre del respectivo año.
Esta bonificación de dirección no constituye factor para liquidar elementos salariales o prestacionales, ni se tendrá en cuenta para determinar
remuneraciones de otros empleados públicos.
En el citado Decreto 3150 de 2005, se determinaron los empleos que serían objeto del reconocimiento de la prestación social, no obstante, dicho
decreto ha sufrido diversas modificaciones lo que originó que se compilara en una sola norma.
Así las cosas, el gobierno Nacional expide el Decreto 2699 del 21 de diciembre de 2012, por el cual se compilan unas disposiciones (sic) en
materia prestacional, relacionado con el reconocimiento y pago de la bonificación de dirección, así:
ARTÍCULO 1°. La Bonificación de Dirección creada mediante el Decreto número 3150 de 2005 se reconocerá y pagará a los Ministros, Directores
de Departamento Administrativo, Viceministros, Subdirectores de Departamento Administrativo: Alto Comisionado en la Consejería Presidencial
para la Paz, Ministro Consejero, Alto Consejero Presidencial, Secretario Privado de la Presidencia de la República, Secretarios de la Presidencia de
la República, Consejero Presidencial, Director de Programa Presidencial, Consejero Auxiliar 1125, Subdirector General, Subdirector de
Operaciones, Alto Asesor de Seguridad Nacional, Director de Programa Presidencial “Colombia Joven”, Jefes de Oficina, Jefes de Área y Asesores
Grados 13 y 14 de la Presidencia de la República; Secretarios Generales de Ministerios y Departamentos Administrativos, Directores
Administrativo o Financiero o Técnico u Operativo de Ministerio y Departamento Administrativo, Directores, Gerentes o Presidentes de
Establecimientos Públicos, Director de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, Director de la Unidad Administrativa Especial de

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