Concepto Nº 050691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-02-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900335741

Concepto Nº 050691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 12-02-2021

Número de radicado20216000050691
Año2021
Fecha12 Febrero 2021
Número de oficio050691
MateriaREMUNERACIÓN,Auxilio de Transporte
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 050691 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 050691 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000050691*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000050691
Fecha: 12/02/2021 05:00:40 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: REMUNERACION-Auxilio de Transporte – nivel territorial. Radicación No. 20212060058772 del 04 de Febrero de 2021.
En atención a la comunicación de la referencia, mediante el cual consulta sobre el derecho al pago de auxilio de transporte para algunos
servidores públicos, pues existen funcionarios que viven hasta 30 metros del Edificio de la Alcaldía, o en su mayoría a pocas cuadras
desplazándose caminando a sus labores diarias., me permito manifestarle lo siguiente:
El Decreto 1250 de 2017, por el cual se establecen los criterios para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte en el orden territorial,
establece:
“ARTÍCULO 1°. CRITERIOS PARA EL RECONOCIMIENTO Y PAGO DEL AUXILIO DE TRANSPORTE EN ENTIDADES DEL NIVEL TERRITORIAL. Establecer
los siguientes criterios para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte para los empleados públicos de las entidades del sector central y
descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden territorial, las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales, las contralorías
territoriales y las personerías distritales y municipales, en los cuales no se preste el servicio público de transporte, así:
a) Devengar hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente.
b) La entidad no suministre el servicio de transporte.
c) El empleado no se encuentre disfrutando de vacaciones, ni en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones.
d) El valor del auxilio será el establecido en el Decreto 2210 de 2016 y en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.”
El Decreto 1786 de 2020, por el cual se establece el auxilio de transporte, dispone:

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