Concepto Nº 063331 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 13-02-2023
Fecha | 13 Febrero 2023 |
Número de radicado | 20236000063331 |
Número de oficio | 063331 |
Materia | SERVIDORES PUBLICOS,Responsabilidades |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 063331 de 2023 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 063331 de 2023 Departamento Administrativo de la
Función Pública
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20236000063331
Fecha: 13/02/2023 04:28:42 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA. SERVIDORES PÚBLICOS. Responsabilidades. RADICACIÓN.
20232060083902 de fecha 07 de febrero de 2023.
En atención a la comunicación de la referencia, trasladada por competencia por la Procuraduría General de la Nación mediante la cual plantea
varios interrogantes relacionados con la regulación de normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las
funciones públicas, me permito manifestar lo siguiente frente a cada una de ellas:
“Respetuosamente me dirijo a la procuraduría provincial de Manizales, se sirva a responder lo siguiente: ¿Existen en la República de Colombia
normas de conducta para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas?”
Sea lo primero señalar que son normas de conducta aquellas normas de actuación a las que deben ajustarse los servidores públicos, quienes
tienen del deber de actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal,
obtenido por sí o por interpuesta persona. Dentro de la regulación nacional, se encuentran las siguientes normas que regulan el correcto
comportamiento de los servidores públicos en diferentes aspectos:
La Constitución Política señala en su artículo 6:
“ARTÍCULO 6. Los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son
por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.” (Subrayado fuera del texto)
Adicionalmente, el Código Penal (Ley 599 de 2000), el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), el Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), son normas, entre otras, que contienen dentro de sus disposiciones
regulación que procura el correcto cumplimiento de las funciones públicas.
“Solicito respetuosamente a la procuraduría provincial de Manizales, se sirva a responder lo siguiente: ¿existen en la República de Colombia
mecanismos para hacer efectivo el cumplimiento de dichas normas de conducta?”
Los mecanismos para hacer efectivo el correcto cumplimiento de las normas de conducta, se encuentran tipificados en los mismos preceptos
mencionados anteriormente, tales como, el Código Penal (Ley 599 de 2000), el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y el Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
“Solicito respetuosamente a la procuraduría provincial de Manizales, se sirva a responder lo siguiente: ¿existen en la República de Colombia,
resultados objetivos que se han obtenido con la aplicación de las anteriores normas y mecanismos consignando los datos estadísticos
pertinentes de los que disponga Colombia?”
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba