Concepto Nº 072811 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-03-2021
Número de radicado | 20216000072811 |
Año | 2021 |
Fecha | 02 Marzo 2021 |
Número de oficio | 072811 |
Materia | EMPLEO,Personero Municipal |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 072811 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 072811 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000072811*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000072811
Fecha: 02/03/2021 10:15:43 a.m.
Bogotá
REF: EMPLEOS- PROVISION. Provisión del empleo de Personero municipal- Encargo. Radicación. No. 2021900083422 de fecha 16 de febrero de
2021
De acuerdo con la primera solicitud de referencia, mediante la cual solicita información sobre el trámite que se debe realizar para suplir el cargo
de personero municipal por medio de encargo por designación, frente a lo anterior, me permito manifestarle lo siguiente:
Frente al encargo del empleo de personero mientras se efectúa la provisión definitiva de dicho empleo personero, resulta procedente tener en
cuenta las siguientes disposiciones normativas.
La Constitución Política consagra:
“ARTÍCULO 313 Corresponde a los concejos:
(…)
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.”
Como se observa, la Constitución Política en su Artículo 313 asigna a los Concejos Municipales la atribución para la elección del Personero para el
período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
El Artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, que a su vez modificó el Artículo 170 de la Ley 136 de 1994, desarrolla el tema de la elección de los
personeros en los siguientes términos:
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