Concepto Nº 073241 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900335192

Concepto Nº 073241 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 02-03-2021

Número de radicado20216000073241
Año2021
Fecha02 Marzo 2021
Número de oficio073241
MateriaMOVIMIENTO DE PERSONAL,Manual de Funciones
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 073241 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 073241 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000073241*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000073241
Fecha: 02/03/2021 01:38:59 p.m.
Bogotá D.C.,
REF.: MOVIMIENTOS DE PERSONAL. Reubicación. ¿Es viable reubicar un empleo que ya ha sido ofertado en convocatoria pública? RAD:
20212060053312 del 2 de febrero de 2021.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que el municipio de ciénaga se encuentra en proceso de concurso de méritos y ya las
OPEC fueron publicadas, frente a lo cual consulta si es posible que, por necesidad del servicio, la entidad pueda reubicar el cargo de Técnico
Administrativo código 367 Grado 01 adscrito a la Secretaria de Gobierno y participación ciudadana a la Secretaria Administrativa teniendo en
cuenta que la OPEC perteneciente a ese empleo ya fue publicada o si es procedente asignar nuevas funciones.
Al respecto, me permito dar respuesta en los siguientes términos:
Sobre el tema, el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública, señala:
“ARTÍCULO 2.2.6.2 Fases. El proceso de selección o concurso comprende la convocatoria, el reclutamiento, la aplicación de pruebas, la
conformación de las listas de elegibles y el período de prueba.”
ARTÍCULO 2.2.6.3 Convocatorias. Corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, con
base en las funciones, los requisitos y el perfil de competencias de los empleos definidos por la entidad que posea las vacantes, de acuerdo con
el manual específico de funciones y requisitos.
La convocatoria es norma reguladora de todo concurso y obliga a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a la administración, a la entidad que
efectúa el concurso, a los participantes y deberá contener mínimo la siguiente información:
1. Fecha de fijación y número de la convocatoria.

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