Concepto Nº 083642 del Departamento Administrativo de la Función Pública - Doctrina Administrativa - VLEX 913369107

Concepto Nº 083642 del Departamento Administrativo de la Función Pública

Año2022
Número de oficio101721
Número de radicado20226000101721
Fecha08 Marzo 2022
MateriaENTIDADES,Supresión
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 101721 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 101721 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000101721*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000101721
Fecha: 08/03/2022 07:31:09 a.m.
Bogotá D.C.
Referencia: ENTIDADES – Supresión del Empleo. Reincorporación empleados de carrera administrativa. Radicado: 20229000083642 del 15 de
febrero de 2022.
Acuso recibido de la comunicación de referencia, en la cual eleva varios interrogantes a este Departamento Administrativo nos permitidos
indicarle que, esta Dirección se pronunciará sobre el cuarto interrogante de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 430 de 2016. En ese sentido,
frente al interrogante:
“4. ¿Las personas con derechos de carrera sobre empleos de dichos entes descentralizados pueden incorporarse automáticamente a la
administración central en cargos homologables?”
Me permito indicarle lo siguiente:
En primer lugar, el Decreto Ley 019 de 20121 dispuso lo siguiente con respecto a la modificación y reestructuración de las plantas de personal, a
saber:
“ARTÍCULO 228. REFORMAS DE PLANTA DE PERSONAL. Modifíquese el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 46. Reformas de planta de personal. Las reformas de plantas de personal de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los
órdenes nacional y territorial, deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la Administración y
basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades bajo las directrices del
Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP-.
El Departamento Administrativo de la Función Pública adoptará la metodología para la elaboración de los estudios o justificaciones técnicas, la
cual deberá ceñirse a los aspectos estrictamente necesarios para soportar la reforma a las plantas de personal.
Toda modificación a las plantas de personal de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del poder público del orden nacional, deberá ser
aprobada por el Departamento Administrativo de la Función Pública". (Subrayado fuera del texto original)
Así mismo sobre la reestructuración, reforma o modificación de planta de personal, el Decreto 1083 de 20152, dispone:
ARTÍCULO 2.2.12.2 Motivación de la modificación de una planta de empleos. Se entiende que la modificación de una planta de empleos está
fundada en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración, cuando las conclusiones del estudio técnico de la

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