Concepto Nº 084721 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 21-02-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 909183806

Concepto Nº 084721 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 21-02-2022

Número de radicado20226000084721
Año2022
Fecha21 Febrero 2022
Número de oficio084721
MateriaCARRERA ADMINISTRATIVA,Periodo de Prueba
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 084721 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 084721 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000084721*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000084721
Fecha: 21/02/2022 02:09:57 p.m.
Bogotá D.C.,
REF.: EMPLEOS. Período de Prueba y cambio de horario. RAD.: 20229000086472 del 16-02-2022.
Acuso recibo comunicación, mediante la cual informa que, en la entidad a la cual está vinculado, ingresó en el cargo de Técnico Operativo
Código 314, Grado 09, donde luego de haber aprobado el periodo de prueba le otorgaron un encargo en la planta por derecho preferencial en el
cargo de Técnico área de la Salud Código 323, Grado 12, en una dependencia distinta donde estuvo desempeñandose bajo condiciones laborales
especificas a la naturaleza del cargo en turnos de doce (12) horas jornada nocturna tal como se les fue socializado previamente en reunión con
la Dirección de Gestión del Talento Humano. Posterior a ello en la entidad hubo convocatoria de ascenso para aplicar a este mismo cargo en la
cual obtuve el puntaje aprobatorio necesario para ser nombrado nuevamente en periodo de prueba y acepte el cargo ante el nominador
tomando posesión del mismo desde el 11 de enero de 2022. No obstante luego de haber culminado el mes en que inicie mi periodo de prueba, la
subdirección que es su jefe inmediato le informa que debe acogerse a condiciones laborales totalmente distintas por la razón que está en
periodo de prueba notificándole mediante correo electrónico, que a partir del día 1 de febrero ya no podía seguir en el turno de 12 horas en
jornada nocturna, puesto que pasaba a jornada de trabajo administrativa de 7 am, a 4:30 pm, lo cual le parece un acto discriminatorio puesto
que los demás compañeros antiguos que ingresaron con usted, continúan igual y además, entre los compañeros nuevos que ingresaron por
concurso abierto algunos también están asignados en esta misma jornada nocturna.
Con base en la anterior información solicita orientación respecto a qué debe hacer en este caso y asimismo se le brinden herramientas para dar
solución de la mejor manera.
Sobre el tema, se precisa lo siguiente:
La Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras
disposiciones.”, establece:
“ARTÍCULO 31. Etapas del proceso de selección o concurso. El proceso de selección comprende:

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