Concepto Nº 090491 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900336505

Concepto Nº 090491 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 15-03-2021

Número de radicado20216000090491
Año2021
Fecha15 Marzo 2021
Número de oficio090491
MateriaINHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES,Congresista
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 090491 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 090491 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000090491*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000090491
Fecha: 15/03/2021 05:04:11 p.m.
Bogotá D.C.
REF: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Congresista. Docente. Docente de una universidad privada para ser candidata al Senado de la
República. RADS.: 20212060108832 y 20212060108842 del 1 de marzo de 2021.
En atención a su comunicación de la referencia, remitida por el Consejo Nacional Electoral mediante oficio No. CNE-AJ-2021-0178, en la cual
formula varias inquietudes en cuanto a las inhabilidades e incompatibilidades para aspirar a ser Senadora de la República, considerando que
ejerce la docencia universitaria en una universidad privada, donde aspira pertenecer a su Cuerpo Colegiado, me permito dar respuesta en los
siguientes términos:
Respecto al régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los Congresistas, la Constitución Política establece:
“ARTICULO 179. No podrán ser congresistas:
1. Quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o
culposos.
2. Quienes hubieren ejercido, como empleados públicos, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, dentro de los doce meses
anteriores a la fecha de la elección.
3. Quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas en interés propio, o en
el de terceros, o hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales, dentro de los seis
meses anteriores a la fecha de la elección.
4. Quienes hayan perdido la investidura de congresista.

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