Concepto Nº 098691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334981

Concepto Nº 098691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 19-03-2021

Número de radicado20216000098691
Año2021
Fecha19 Marzo 2021
Número de oficio098691
MateriaEMPLEO,Empleo de Carrera
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 098691 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 098691 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000098691*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000098691
Fecha: 19/03/2021 03:25:13 p.m.
Bogotá D.C.,
REFERENCIA: EMPLEO- Supresión o modificación de Empleos Ofertados en Convocatorio a Concurso. RAD. 20219000077062 del 12 de febrero de
2021.
Por medio del presente, y en atención a su consulta, en la que solicita se le informe una reducción salarial de un cargo ofertado en concurso del
posconflicto. Donde la administración asegura que en caso de que se lo gane el titular del cargo no se efectuará la reducción de la asignación
básica, pero si gana cualquier otra persona se le aplicará la reducción en la asignación básica.
Me permito darle respuesta, teniendo en cuenta que la resolución de casos particulares corresponderá a la autoridad empleadora y nominadora,
en cuanto es la instancia que conoce de manera cierta y documentada la situación particular de su personal. Por tanto, este Departamento en
ejercicio de sus funciones contenidas en el Decreto 430 de 2016, realiza la interpretación general de las disposiciones legales sobre el empleo
público y administración de personal. Sin embargo, no le corresponde la valoración de los casos particulares, y carece de competencia para
ordenar el reconocimiento de derechos; tampoco funge como entre de control ni es el competente para decidir sobre la legalidad de las
actuaciones de las entidades del estado, competencia atribuida a los jueces de la república.    
   
No obstante, a modo de orientación general, el Decreto 785 de 2005 dispone:
“ARTÍCULO 15. Nomenclatura de empleos. A cada uno de los niveles señalados en el Artículo 3 del presente decreto, le corresponde una
nomenclatura y clasificación específica de empleo.
Para el manejo del sistema de nomenclatura y clasificación, cada empleo se identifica con un código de tres dígitos. El primero señala el nivel al
cual pertenece el empleo y los dos restantes indican la denominación del cargo.
Este código deberá ser adicionado hasta con dos dígitos más que corresponderán a los grados de asignación básica que las Asambleas y los
Concejos les fijen a las diferentes denominaciones de empleos”
Sobre el particular es necesario hacer algunas precisiones conceptuales:

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