Concepto Nº 102921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 24-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900335989

Concepto Nº 102921 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 24-03-2021

Número de radicado20216000102921
Año2021
Fecha24 Marzo 2021
Número de oficio102921
MateriaACTO ADMINISTRATIVO,Presunción de Legalidad
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 102921 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 102921 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000102921*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000102921
Fecha: 24/03/2021 05:52:59 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: ACTO ADMINISTRATIVO. Presunción de legalidad. RAD. 20212060133952 del 12 de marzo de 2021.
Me refiero a su comunicación, radicada en este despacho el 12 de marzo de 2021 mediante la cual consulta sobre la diferencia entre un decreto
y una resolución expedida por un alcalde y si es procedente efectuar un nombramiento provisional a través de un decreto del primer mandatario
local.
En atención a la misma, me permito informarle que el artículo 3 de la Ley 4 de 1913 “sobre régimen político y municipal” establece una
definición sobre decretos y resoluciones de los alcaldes que puede ser confusa. En efecto, dicho artículo señala que:
ARTICULO 3. Son Agentes del Poder Ejecutivo, y cooperan al ejercicio de dicho Poder: el Gobernador, en cada Departamento; el Prefecto, en
cada Provincia, y el Alcalde y sus subalternos, en cada Municipio.
Los actos de los empleados, de carácter general, se denominan comúnmente decretos; los de carácter especial, resoluciones, bien que en
ocasiones son objeto de los primeros, asuntos de carácter especial, y recíprocamente, son de los segundos, otros de carácter general.
Según esta norma, los decretos son expedidos por los alcaldes para atender situaciones de carácter general y las resoluciones para referirse a
situaciones especiales. No obstante, el mismo artículo indica que en ocasiones, los decretos pueden versar sobre asuntos especiales y las
resoluciones sobre temas de carácter general, equiparando su uso para cualquier caso.
Por su parte, el artículo 93 de la Ley 136 de 1994 “por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de
los municipios” indica que para la debida ejecución de los acuerdos y para ejercer las funciones propias de su cargo, lo alcaldes dictarán
decretos, resoluciones y órdenes, sin detallar en qué caso procede cada una de estas figuras. Veamos:
ARTICULO 93. ACTOS DEL ALCALDE: El alcalde para la debida ejecución de los acuerdos y para las funciones que le son propias, dictará decretos,

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