Concepto Nº 103691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 25-03-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900329825

Concepto Nº 103691 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 25-03-2021

Número de radicado20216000103691
Año2021
Fecha25 Marzo 2021
Número de oficio103691
MateriaRETIRO DEL SERVICIO,Supresión del Empleo,Supresion del Empleo
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 103691 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 103691 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000103691*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000103691
Fecha: 25/03/2021 12:19:56 p.m.
Bogotá D.C.
REF: RETIRO DEL SERVICIO. Supresión del cargo. RAD N° 20212060106492 del 26 de febrero de 2021.
En atención a su oficio de la referencia remitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante la cual consulta lo siguiente:
1. Las normas transcritas, especialmente el artículo del Decreto 1083 de 2015, y en el caso hipotético, que se llegase a suprimir solo una parte
de los cargos, más no la totalidad, ¿está ordenando incorporar toda la planta nuevamente o solo está ordenando incorporar si a ello hay lugar a
la parte de servidores a los cuáles se les haya suprimido el cargo?
2. En caso tal que la respuesta anterior sea que, siempre que se dé supresión así sea de un solo cargo, toda la planta deberá incorporarse de
nuevo; frente a este caso hipotético consulto ¿por qué si mi cargo no sufrió alteración alguna y no fue suprimido?
3. La interpretación debida de este artículo (2.2.11.2.2 Dto. 1083 de 2015), ¿cuál sería? Ojalá y en la medida de lo posible se ilustrará con un
ejemplo.
De lo anterior me permito informar lo siguiente.
Frente a las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, le
compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del
talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la
planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por
la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, ni en circunstancias de carácter particular por lo que se
realizara un estudio de manera general.
El decreto 1083 de 2015, en cuanto a la supresión de los empleos establece:

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