Concepto Nº 105771 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-03-2022
Número de radicado | 20226000105771 |
Año | 2022 |
Fecha | 29 Marzo 2022 |
Número de oficio | 105771 |
Materia | SITUACIONES ADMINISTRATIVAS,Comisión de Estudios |
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 105771 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 105771 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000105771*
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Radicado No.: 20226000105771
Fecha: 29/03/2022 03:22:34 p.m.
Bogotá
Referencia: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS- COMISIONES DE ESTUDIO DE PROFESOR UNIVERSITARIO RAD. 20222060088692 del 17 de febrero
de 2022
Acuso recibo comunicación, mediante la cual consulta a partir de qué momento comienza la contraprestación de la comisión de estudios, si es al
momento de la reincorporación a las labores o al momento de entrega del título; y si el pago de la comisión de estudios es con el título o con la
contraprestación en laborar por el doble de tiempo que duren los estudios.
Al respecto es pertinente precisar, que los empleados públicos pueden realizar estudios en el exterior con derecho a percibir su salario, a través
del otorgamiento de comisión de estudios al exterior, para lo cual el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública,
establece:
“ARTÍCULO 2.2.5.5.21 Comisión. El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas
actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede
otorgarse al interior del país o al exterior.”
“ARTÍCULO 2.2.5.5.22 Clases de comisión. Las comisiones pueden ser:
(...)
b) Para adelantar estudios.
(...)”
“ARTÍCULO 2.2.5.5.23 Competencia para conceder las comisiones. Cuando el funcionario comisionado sea un Ministro o Director de
Departamento Administrativo, la comisión se conferirá mediante decreto ejecutivo.
Las comisiones se deben conferir por el nominador respectivo o su delegado, salvo las comisiones de estudios al exterior de los empleados
públicos de las entidades del sector central y de las Entidades Descentralizadas, que reciban o no aportes del Presupuesto Nacional, las cuales
serán conferidas mediante resolución motivada suscrita por el Ministro o Director del Departamento Administrativo del Sector Administrativo
respectivo.
Las comisiones de estudio o de servicio al exterior que se otorguen a servidores públicos pertenecientes a Entidades Descentralizadas que no
reciban aportes del Presupuesto Nacional o a Instituciones Financieras Nacionalizadas, deberán ser autorizadas previamente por la Junta o
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