Concepto Nº 110021 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-03-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 917658053

Concepto Nº 110021 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 14-03-2022

Número de radicado20226000110021
Año2022
Fecha14 Marzo 2022
Número de oficio110021
MateriaSITUACIONES ADMINISTRATIVAS,Encargo
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 110021 de 2022 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 110021 de 2022 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20226000110021*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20226000110021
Fecha: 14/03/2022 12:47:19 p.m.
Bogotá D.C.
Referencia: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. Encargo. Jefe Control Interno. Radicado: 20229000100872 del 25 de febrero de 2022.
Cordial saludo.
En atención a la radicación de la referencia, en la cual consulta, es procedente encargar a la Secretaria de Despacho de la Secretaria de
Planeación de las Funciones de Jefe de Control Interno por dos meses, debido a que la titular del Cargo entra en incapacidad medica por 2 meses
aproximadamente, si no es viable realizar el encargo, como se suple esta situación administrativa, se da respuesta en los siguientes términos.
La Ley 1474 de 2011, «Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de
corrupción y la efectividad del control de la gestión pública modificatoria de los artículos 11 y 14 de la Ley 87 de 1993», establece:
ARTÍCULO 8o. DESIGNACIÓN DE RESPONSABLE DEL CONTROL INTERNO. Modifíquese el artículo 11 de la Ley 87 de 1993, que quedará así:
Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la República designará en las entidades estatales de la
rama ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre nombramiento
y remoción.
Cuando se trate de entidades de la rama ejecutiva del orden territorial, la designación se hará por la máxima autoridad administrativa de la
respectiva entidad territorial. Este funcionario será designado por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo período del alcalde o
gobernador. (...).
Posteriormente, mediante la Circular Externa 100-02 de fecha 5 de agosto de 2011 emitida por el Departamento Administrativo de la Función
Pública, establece:
A partir de la entrada en vigencia de la Ley 1474 de 2011 la facultad nominadora de los Jefes de la Unidad de la Oficina de Control Interno o
quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional es de competencia del señor Presidente de la República; el
Departamento Administrativo de la Función Pública determinará la idoneidad del o de los candidatos propuestos por la Presidencia de la
República. En las entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial dicha facultad recae en la máxima autoridad administrativa de la
respectiva entidad territorial, Alcalde o Gobernador.
En consecuencia, las situaciones administrativas y retiro de los citados servidores será competencia de la autoridad nominadora.
De otra parte, se considera necesario precisar que de conformidad con lo señalado en el artículo 8° de la Ley 1474 de 2011, el empleo de Jefe de

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