Concepto nº 114182, Superintendencia de Industria y Comercio, 26-06-2019
Fecha | 26 Junio 2019 |
Materia | PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Bogotá D.C.,
10
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Asunto: Radicación: 19- 114182 - 1
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Reciba cordial saludo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, fundamento
jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede la
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un pronunciamiento,
en los términos que a continuación se pasan a exponer:
1. OBJETO DE LA CONSULTA
Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad el 20 de mayo de
2019, en la cual consulta:
“Cuenta con Jurisdicción y Competencia la Superintendencia de Industria y
Comercio bajo las facultades Jurisdiccionales establecidas en la ley 1480 de 2011
y el artículo 24 de la Ley 1564 de 2012 (C.G.P) junto con las demás normas
aplicables, para conocer de procesos judiciales en contra de una IPS ( NO una EPS
ni dispensario de las FFMM) que presten de forma irregular sus productos o
servicios ordenados y autorizados por el Subsistema de Salud de las Fuerzas
Militares, generando violaciones al Derecho Fundamental de la Salud de un menor
de edad?”
Al respecto, nos permitimos realizar las siguientes precisiones:
2. FUNCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba