Concepto Nº 121961 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-03-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 900380002

Concepto Nº 121961 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 29-03-2020

Número de radicado20206000121961
Año2020
Fecha29 Marzo 2020
Número de oficio121961
MateriaPERSONERO,Elección Transitoria
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 121961 de 2020 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 121961 de 2020 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20206000121961*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20206000121961
Fecha: 29/03/2020 01:12:25 p.m.
Bogotá D.C.
REF: PERSONERO – ELECCION. Elección transitoria de personero. RAD N°20209000082292 del 26 de febrero de 2020.
Me refiero a su comunicación por medio de la cual consulta, es posible que el personero actual puede ser encargado hasta tanto se realiza el
proceso de elección por medio de concurso de méritos, igualmente el actual personero puede participar en el concurso, en atención a la misma
me permito indicarle:
En cuanto a la elección del personero, la Constitución Política dispuso:
ARTÍCULO 313. Corresponde a los concejos (…)
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
Igualmente, el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, que a su vez modificó el artículo 170 de la Ley 136 de 1994, desarrolla el tema de la elección
de los personeros en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 35. El artículo 170 de la Ley 136 de 1994 quedará así:
ARTÍCULO 170. Elección. Los Concejos Municipales o distritales según el caso, elegirán personeros para periodos institucionales de cuatro (4)
años, dentro de los diez (10) primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, previo concurso público de méritos
que realizará la Procuraduría General de la Nación (expresión tachada declarada inexequible por la Corte Constitucional en Sentencia
C-105/2013), de conformidad con la ley vigente. Los personeros así elegidos, iniciarán su periodo el primero de marzo siguiente a su elección y
lo concluirán el último día del mes de febrero del cuarto año. (…)

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