Concepto Nº 123721 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-04-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900338276

Concepto Nº 123721 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 08-04-2021

Número de radicado20216000123721
Año2021
Fecha08 Abril 2021
Número de oficio123721
MateriaEMPLEO,Nombramiento
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 123721 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 123721 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000123721*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000123721
Fecha: 08/04/2021 11:59:21 p.m.
Bogotá D.C.
REF: EMPLEO – Periodo de prueba. En un empleo de carrera administrativa. RAD N° 20219000132292 del 11 de marzo de 2021.
Me refiero a su comunicación por medio de la cual consulta, si un empleado público con derechos de Carrera administrativa dentro de los 10 días
tiene para posesionarse, la entidad pública en la que viene laborando con derechos de carrera no le expide resolución contentiva de la situación
administrativa, este podría marcharse para posesionarse en el nuevo empleo sin que se le endilgara abandono de puesto.
En atención a la misma me permito indicarle:
Frente a las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, le
compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del
talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la
planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por
la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, ni pronunciarse en circunstancias de carácter
particular, por lo que esta Dirección Jurídica conceptualizara de manera general a los temas consultados.
En cuanto al nombramiento en período de prueba de un empleado inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, la Ley 909 de 2004,
establece:
“ARTÍCULO 31. “Etapas del proceso de selección o concurso. El proceso de selección comprende:
(…) 5. Período de prueba. “La persona no inscrita en carrera administrativa que haya sido seleccionada por concurso será nombrada en período
de prueba, por el término de seis (6) meses, al final de los cuales le será evaluado el desempeño, de acuerdo con lo previsto en el reglamento.
Aprobado dicho período al obtener evaluación satisfactoria el empleado adquiere los derechos de la carrera, los que deberán ser declarados
mediante la inscripción en el Registro Público de la Carrera Administrativa. De no obtener calificación satisfactoria del período de prueba, el
nombramiento del empleado será declarado insubsistente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR