Concepto nº 12931, Superintendencia de Industria y Comercio, 07-03-2013 - Normativa - VLEX 792345093

Concepto nº 12931, Superintendencia de Industria y Comercio, 07-03-2013

Fecha07 Marzo 2013
EmisorSuperintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
MateriaPROTECCION AL CONSUMIDOR
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 13-012931- -00001-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 6
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, damos respuesta a su consulta radicada en esta
Oficina con el número señalado en el asunto, en los siguientes términos.
1. Objeto de la Consulta
En su comunicación formula varios interrogantes, los cuales serán respondidos en su
orden a continuación.
2. Primer interrogante
"¿Un análisis de laboratorio llevado cabo por una entidad privada es válido
como prueba emitida por terceros para sustentar una negación de garantía en
una demanda hecha por el consumidor ante la Superintendencia de Industria y
Comercio en cual reclama la garantía de un producto? ¿Es necesaria la
contratación de un perito de la lista avalada por la SIC para que la prueba sea
validada como prueba emitida por un tercero?"
Al respecto, tenemos que, en relación con la valoración de la prueba al momento de
hacer análisis de los hechos que son materia de debate, se debe tener en cuenta lo
normado por el Art. 187 del Código de Procedimiento Civil, que en relación con la
apreciación de las pruebas dictamina:

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