Concepto Nº 138651 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 23-04-2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 900334360

Concepto Nº 138651 del Departamento Administrativo de la Función Pública, 23-04-2021

Número de radicado20216000138651
Año2021
Fecha23 Abril 2021
Número de oficio138651
MateriaEMPLEO,Concejos Municipales
Departamento Administrativo de la Función Pública
Concepto 138651 de 2021 Departamento
Administrativo de la Función Pública
1 EVA - Gestor Normativo
Concepto 138651 de 2021 Departamento Administrativo de la
Función Pública
*20216000138651*
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20216000138651
Fecha: 23/04/2021 03:59:53 p.m.
Bogotá D.C.
REFERENCIA: REMUNERACIÓN – BONIFICACIÓN POR SERVICIOS PRESTADOS. Decreto 2418 de 2015. Calculo. RADICADO: N° 20219000157702 de
24 de marzo de 2021.
Acuso recibo de la comunicación de la referencia, mediante el cual consulta si el cálculo está bien realizado o en su defecto como se realizará,
además para una entidad territorial que decreto puede tomar para establecer el valor ya que la que esta publicado solo habla de entidades
nacionales y solicitar si los valores descritos relacionándolos con la normatividad son aplicables para una entidad territorial.
Al respecto, me permito manifestarle lo siguiente:
Frente a las competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el Decreto 430 de 2016, le
compete formular las políticas generales de Administración Pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, la gestión del
talento humano, la gerencia pública, el desempeño de las funciones públicas por los particulares, la organización administrativa del Estado, la
planeación y la gestión, el control interno, la participación ciudadana, la transparencia en la gestión pública y el servicio al ciudadano, razón por
la cual no es de nuestra competencia intervenir en situaciones internas de las entidades, ni de resolver circunstancia de manera particular, de lo
pertinente, esta Dirección jurídica realizara un estudio de manera general.
De lo anterior me permito manifestar lo siguiente:
Respecto a la bonificación por servicios prestados, el decreto 2418 de 2015 esta dispone:
“ARTÍCULO 1°. Bonificación por servicios prestados para empleados del nivel territorial. A partir del 1° de enero del año 2016, los empleados
públicos del nivel territorial actualmente vinculados o que se vinculen a las entidades y organismos de la administración territorial, del sector
central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales,
a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales y el personal administrativo del sector educación, tendrán derecho a
percibir la bonificación por servicios prestados en los términos y condiciones señalados en el presente decreto.

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